Se condena a la empresa MSC Crociere a pagar 150 euros a cada miembro de la familia por el daño moral causado Los viajeros no fueron recolocados en otro vuelo, sino que el que tenían asignado salió con cuatro horas y media de retraso La responsabilidad de la empresa organizadora radica en esa "ausencia de explicaciones y de una mínima justificación del aplazamiento". El abogado expresa su satisfacción por el hecho de que un juez haya reconocido "esta situación de angustia y desesperación que se padece por los retrasos de los vuelos
La familia de un abogado sevillano será indemnizada con 450 euros por la «zozobra e inquietud» que les causó un retraso de cuatro horas y media en la salida de un vuelo con destino a Bari (Italia), donde debían embarcar en un crucero por el Mediterráneo.

Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia
12 de Sevilla, a la que ha tenido acceso Efe, condena a la empresa MSC
Crociere, como organizadora del viaje y del vuelo Madrid-Bari, a pagar 150
euros de indemnización a cada miembro de la familia por el daño moral causado.
El letrado José Manuel Ramos Cardona, su esposa e hijo debían tomar a las 07.50
horas del 5 de agosto de 2007 un vuelo en Madrid para enlazar con Bari y allí
embarcar en el crucero, pero el avión no salió del aeropuerto de Barajas hasta
las 12.22 horas, por lo que "temieron en todo momento perder el embarque,
previsto para las 14.30 horas", aunque finalmente llegaron a tiempo.
Entiende el juez que "no se les puede negar la incertidumbre, zozobra e
inquietud ante el temor a perder la salida del buque, con el consiguiente
extravío que ello representaba ante la posibilidad de una incorporación tardía
a un viaje elegido como un todo".
No obstante, el juez rebaja la indemnización respecto a los 400 euros por
persona reclamados inicialmente porque no considera acreditado ningún daño
moral derivado de haber perdido la posibilidad de visitar por sus propios
medios la ciudad de Bari en caso de haber llegado a tiempo.
Dice la sentencia que los viajeros no fueron recolocados en otro vuelo sino que
el que tenían asignado salió con cuatro horas y media de retraso y por ello la
responsabilidad de la empresa organizadora radica en esa "ausencia de
explicaciones y de una mínima justificación del aplazamiento".
Ramos Cardona ha indicado a Efe que "en la inmensa mayoría de los casos estas irregularidades no se reclaman", pese que, "si el usuario se concienciara, seguramente los organizadores pondrían más interés en que se cumplan las condiciones pactadas y no se frustraría parte de la ilusión puesta en un viaje".
Por ello expresó su satisfacción por el hecho de que un juez haya reconocido "esta situación de angustia y desesperación que se padece por los retrasos de los vuelos".