Es el último caso que quedaba pendiente de juicio de la época en la que el ICF se vio envuelto en problemas judiciales debido a sus sistemas de financiación
La sección VIII de la Audiencia provincial de Barcelona ha absuelto con todos los pronunciamientos favorables a los acusados en la causa que emprendió contra ellos el Institut Català de Finances (ICF) a las que se adhirió el Ministerio Fiscal.
El caso se inicia en 1993 cuando los propietarios y representantes de un grupo empresarial familiar catalán se vieron sumergidos en un déficit financiero derivado. Por ese motivo diseñaron un plan de viabilidad, disgregando su empresa en otras varias. Además, solicitaron una financiación al ICF, dado que las entidades de crédito convencionales les denegaban un crédito. Los préstamos fueron otorgados para tesorería y a interés de mercado; y así fueron tramitados y gestionados por los dueños de la empresa. Además, dieron como garantía una finca donde se encontraba la fábrica, la cual tenía un valor de más del doble de la cantidad recibida.
Sin embargo, en el ICF se tramitaron los préstamos como si fueran para inversión, por lo que diversas facturas pro forma acabaron siendo manipuladas como facturas normales.
En el juicio quedó probada la correcta actuación de los acusados, sobre todo en cuanto a que los prestamos eran para tesorería, ya que la primera cantidad recibida fue directo al banco que tenía hipotecada la finca, para que la misma quedara liberada y garantizara al ICF. Igualmente, quedó acreditado que existía garantía suficiente y que no se causó perjuicio ninguno al ICF.
La Audiencia provincial de Barcelona ha considerado en su Sentencia que los hechos denunciados por el ICF carecen de tipicidad penal, que la tramitación de los préstamos otorgados fue para tesorería; y que este extremo era conocido por el ICF. Además, que la institución de crédito recuperó el principal más intereses con la ejecución de la finca que se había dado en garantía.
El magistrado ponente ha sido el presidente de la Sección VII de la Audiencia de Barcelona, D. Jesús María Barrientos y los magistrados componentes de la Sala han sido D. Carlos Mir Puig y D. Jesús Navarro Morales.
La defensa de los acusados estuvo dirigida por Benjamín Nicolau del despacho Ebame asociados y por Miguel Angel Majadas del mismo despacho.