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26/09/2023. 03:58:38

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CUATRO MODIFICACIONES QUE AGILIZARÍAN EL MERCADO INTERIOR Y LA EFICACIA DE LA JUSTICIA

La Comisión Europea plantea reformas clave en litigios transfronterizos

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Aunque el mercado único de la UE da a las empresas acceso a un territorio de quinientos millones de consumidores, sólo una cuarta parte de los veinte millones de PYME europeas llevan a cabo un comercio transfronterizo. Según una encuesta reciente, casi el 40 % de las empresas se inclinarían más por comerciar fuera de sus fronteras si se simplificaran los procedimientos para resolver litigios en el extranjero.

Varias personas con maletines.

La Comisión ha acordado reformar el Reglamento "Bruselas I", que data de hace nueve años, fundamental para los litigios transfronterizos, puesto que determina qué tribunal tiene jurisdicción en este tipo de casos y que permite que una sentencia dictada en un Estado miembro se reconozca en otro.

La reforma busca reforzar el mercado único y reducir la burocracia. Asimismo, incrementará la protección de los consumidores europeos cuando traten con empresas en terceros países, potenciará la seguridad jurídica para la elección de acuerdos legales entre empresas y aumentará la competitividad de la industria del arbitraje europea.

En palabras de José Manuel Barroso, Presidente de la Comisión Europea: "La Comisión propone que se elimine un procedimiento complicado y caro relativo al reconocimiento y la ejecución de sentencias en materia civil y comercial entre los Estados miembros. Son buenas noticias para los ciudadanos y las PYME de Europa. Gracias a nuestra propuesta, los litigios transfronterizos se resolverán de una manera más rápida y económica, lo que supondrá un ahorro de entre 2 000 y 12 000 euros por caso".

Viviane Reding, Vicepresidenta de la Comisión Europea y Comisaria de Justicia de la UE, comentaba que "en un verdadero mercado único, las sentencias que se dictan en un Estado miembro en materia civil y comercial se deberían reconocer en su totalidad en otro Estado miembro de la Unión Europea. Por ello sugerimos la supresión del ‘exequátur', un procedimiento anticuado y excesivamente burocrático. Pretendemos eliminar un importante elemento disuasorio para las transacciones transfronterizas en Europa", añadiendo que el objetivo estriba en "que en 2013 las sentencias en materia civil y comercial se puedan ejecutar de manera efectiva, rápida y asequible desde el punto de vista económico en la UE, ya sean dictadas por un tribunal nacional o de otro Estado miembro".

Puntos clave de la propuesta de reforma

La reforma propuesta por la Comisión incluye cuatro cambios clave:

  • Suprimir el "exequátur". Según la normativa actual, una sentencia dictada en un Estado miembro no tiene efecto automáticamente en otro, sino que antes es necesario un paso intermedio especial, el ‘exequátur', mediante el cual un tribunal del Estado miembro en el que se ejecutará tiene que validarla y declararla ejecutable. En casos complejos, este procedimiento puede llegar a costar hasta 12 700 euros en honorarios a abogados, traducción y gastos procesales. Además, es posible que en algunos países se tarden meses en reconocer y en ejecutar la sentencia. En casi el 95 % de los casos, este procedimiento no es más que un mero trámite. Por todo ello, la Comisión propone su supresión. Esto significa que, en el futuro, las sentencias en materia civil y comercial dictadas por un tribunal en un Estado miembro se ejecutarán automáticamente en toda la UE. Los tribunales podrán detener la ejecución de una sentencia, pero solo en circunstancias excepcionales (como la violación del derecho a un juicio justo por parte del tribunal que dictó la sentencia en el extranjero).
  • Mejorar la protección de los consumidores en lo que respecta a litigios que impliquen a países que no pertenecen a la UE. Actualmente, la normativa nacional sobre jurisdicción de demandados de terceros países varía ampliamente en los diferentes Estados miembros. La legislación nacional de algunos países permite a un ciudadano o a una empresa denunciar a alguien que no sea de la UE en un tribunal nacional, mientras que en otros no es posible. La reforma propuesta lo modificará. En particular, en las relaciones entre un consumidor domiciliado en la UE y una empresa establecida fuera de la UE, en el futuro, los tribunales del país en el que el consumidor está domiciliado tendrán jurisdicción, sea cual sea el Estado miembro.
  • Aportar seguridad jurídica a los acuerdos de elección de foro entre empresas. En las relaciones de empresa a empresa, estas a menudo acuerdan resolver todos sus conflictos en un tribunal concreto. No obstante, las tácticas de litigio han llevado a una situación en la que la validez de estos acuerdos de elección de foro se cuestiona en un tribunal de otro Estado miembro para así retrasar la resolución del conflicto. La Comisión ha propuesto medidas para poner fin a este tipo de tácticas abusivas al garantizar que el tribunal elegido en el acuerdo de elección de foro siempre sea el primero en determinar si el acuerdo es o no válido.

Reforzar la competitividad de la industria del arbitraje europea. Las propuestas de reforma de la Comisión arrojarán luz al arbitraje, que de momento no está cubierto por el Reglamento "Bruselas I". Más del 60 % de las grandes empresas europeas prefiere el arbitraje al litigio para resolver sus disputas empresariales.

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