La Comisión ha solicitado a Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Grecia, España, Finlandia, Francia, Croacia, Irlanda, Italia, Lituania, Luxemburgo, Letonia, Polonia, Portugal, Rumania, Suecia, Eslovenia y Eslovaquia a comunicar información sobre cómo se están incorporando a su legislación nacional las normas incluidas en la Directiva sobre derechos de autor en el mercado único digital ( Directiva 2019/790 / UE ).
La Comisión Europea también ha solicitado a Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Chequia, Estonia, Grecia, España, Finlandia, Francia, Croacia, Irlanda, Italia, Lituania, Luxemburgo, Letonia, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia y Eslovaquia para comunicar información sobre cómo la Directiva 2019/789 / UE sobre programas de radio y televisión en línea se incorpora a su legislación nacional.
Dado que los Estados miembros mencionados anteriormente no han comunicado las medidas nacionales de transposición o lo han hecho solo parcialmente, la Comisión ha decidido iniciar procedimientos de infracción enviando cartas de emplazamiento.
Las dos Directivas tienen como objetivo modernizar las normas de derechos de autor de la UE y permitir que los consumidores y creadores aprovechen al máximo el mundo digital. Refuerzan la posición de las industrias creativas, permiten más usos digitales en áreas fundamentales de la sociedad y facilitan la distribución de programas de radio y televisión en toda la UE. El plazo para la transposición de estas Directivas a la legislación nacional finalizó el 7 de junio de 2021. Estos Estados miembros tienen ahora dos meses para responder a las cartas y tomar las medidas necesarias.