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18/05/2024. 16:10:38

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La firma ELZABURU gana la lucha contra las importaciones paralelas en España

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Golpe judicial a las importaciones paralelas en España

La firma ELZABURU gana la lucha contra las importaciones paralelas en España

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en sentencia de 20 de octubre de 2008, acaba de asestar un golpe definitivo a las importaciones paralelas en nuestro país. La sentencia estima el recurso de casación que había interpuesto la firma norteamericana JACK DANIEL´S de la mano de ELZABURU en relación con la importación a España de ciertas partidas de whisky procedente de Estados Unidos. En el procedimiento fue parte también, como co-demandante, BACARDI ESPAÑA.S.A., en su condición de responsable de la distribución oficial de los productos JACK DANIEL´S en España.

La sentencia revoca una sentencia anterior de la Audiencia Provincial de Valencia que se había decantado por el agotamiento internacional del derecho de marcas. Según Antonio Castán, de ELZABURU Abogados y Agentes de Propiedad Industrial e Intelectual, la sentencia "pone las cosas en su sitio y supone además un paso de gigante en la lucha contra las importaciones paralelas en España"

El Tribunal Supremo aplica rigurosamente la jurisprudencia que el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas había fijado en la materia y sienta definitivamente el criterio de que el derecho sobre la marca no se agota con la primera comercialización de los productos identificados con ellas, en cuanto producida con su consentimiento, pero fuera del Espacio Económico Europeo.

La conclusión del Tribunal Supremo, añade Enrique Armijo Chávarri, abogado de ELZABURU que intervino también en el proceso, es clara: "el titular de la marca puede controlar las comercializaciones en este ámbito geográfico, con el ejercicio del ius prohibendi  o derecho de veto  respecto de la importación".

Esta sentencia tiene una mayor relevancia por ser la segunda del Tribunal Supremo que incide en este tema, de manera que gracias a esta sentencia, se ha logrado la consolidación de una verdadera "doctrina jurisprudencial" que echa por tierra la creencia para algunas entidades de que el comercio paralelo es una actividad que todavía pueden llegar a respaldar ciertos tribunales.

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