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26/04/2024. 04:44:17

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La iniciativa en la contratación de un préstamo con cláusula multidivisa no exime a la entidad de informar

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Multidivisas

La Audiencia Provincial de Murcia, en una reciente sentencia, ha dado la razón a un matrimonio murciano, defendido por Unive Abogados, que suscribió un préstamo con cláusula multidivisa con la entidad BBVA en septiembre de 2008, confirmando la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº 11 de Murcia que anulaba la cláusula multidivisa de los clientes – consumidores-, declarándola abusiva por falta de transparencia, por lo que BBVA tendrá que recalcular el préstamo en euros y minorar el capital pendiente en todo lo abonado de más.

La entidad alegó en el seno del procedimiento que esta modalidad de préstamo no se solía ofertar en la oficina, y que fueron los clientes los que se interesaron en contratar esta modalidad de préstamo, sobre ello, reza la sentencia: “el hecho de que los consumidores se interesaran por esta modalidad del préstamo no dispensa a la entidad financiera de sus obligaciones de facilitar una información veraz y completa que les permitiera conocer el alcance real de lo pactado, …” y continúa afirmando que “…de la prueba practicada se evidencia que el banco no ha probado que en la fase preliminar hubo información de la transcendencia de los pactos que se le fijaron, negociación que no puede deducirse de la existencia del propio contrato. Incluso los empleados reconocen que la información solo fue verbal, sin poder por ello concretarse su contenido real, por lo que debe concluirse en el sentido de que estamos ante una cláusula impuesta a los prestatarios consumidores y que la misma no ha sido transparente”.

Sobre la posibilidad que tenían los clientes de convertir el préstamo en euros, la sentencia entiende que “no era una simple conversión en euros, sino que implicaba consolidar las consecuencias negativas de unos pactos no transparentes y la asunción de nuevos gastos, pues se trataba de un nuevo préstamo que sustituía al anterior”.

La Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Murcia confirma que BBVA no acreditó “que facilitara información precontractual necesaria para que los prestatarios conocieran la naturaleza y riesgos vinculados a la cláusula sobre divisas y, fundamentalmente, sobre el hecho de que la fluctuación que podía implicar su aplicación podía afectar no sólo a los intereses que se produjeran, sino al principal prestado”, y entiende que remitirnos a la escritura notarial “no garantiza que los prestatarios pudieran valorar la carga económica y jurídica de dicha cláusula”.

En síntesis, los efectos jurídicos de la sentencia -que aún no es firme- se traducen en que el préstamo continúa en vigor, pero como si éste hubiere sido concedido y amortizado en euros desde el momento de su suscripción. El despacho de origen murciano, Unive Abogados, afirma que es habitual que el particular no haya sido informado suficientemente de las verdaderas características y riesgos de la hipoteca multidivisa, y las posibilidades de que las acciones judiciales prosperen satisfactoriamente son elevadas, aunque no conviene generalizar y es aconsejable acudir a abogados especialistas.

 

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