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25/04/2024. 23:39:20

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Lesmes se ve obligado a usar su voto de calidad para validar la publicación de las sentencias de defraudadores

EP

El Anteproyecto del Ley General Tributaria, que prevé la publicación de las sentencias en materia de fraude fiscal, ha logrado un aprobado raspado en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al precisar para su aprobación el voto de calidad de su presidente, Carlos Lemes.

Consejo General del Poder Judicial

El informe defendido por el vocal Gerardo Martínez-Tristán en el Pleno extraordinario convocado este lunes para tratar el asunto, y que avala la medida propuesta por el Ministerio de Hacienda como "un elemento preventivo y educativo" frente al fraude, ha fracturado al órgano de gobierno de los jueces, pues diez de sus 21 miembros han votado en contra mientras que Fernando Grande-Marlaska ha emitido un voto en blanco que ha obligado al voto particular del presidente.

Otro vocal, Álvaro Cuesta, que también ha votado en contra del informe, ha anunciado un voto particular en el que defenderá que el texto remitido por el Gobierno se queda corto y que son precisas más publicidad y más transparencia en lo relativo a la lucha contra el fraude fiscal.

No es la primera vez que Lesmes debe hacer uso de esta prerrogativa para desbloquear un acuerdo, ya lo había hecho anteriormente respecto de un nombramiento para una  Audiencia Provincial, pero sí es la primera ocasión en la que tiene que emplearlo respecto al preceptivo informe que este órgano ha de emitir respecto de un proyecto del gobierno.

El Anteproyecto, propone, en concreto, el carácter público del acceso al fallo de las sentencias condenatorias firmes en materia de fraude fiscal y la publicación de un extracto de estas resoluciones en el BOE. La medida se considera proporcionada y ajustada a la Constitución.

El propio informe que se sometió a debate reconoce que la regulación se adopta con los objetos principales de impulsar la lucha contra el fraude fiscal, incentivando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias e incrementando la transparencia en las actuaciones judiciales en este ámbito.

El informe finalmente aprobado incluye varias modificaciones respecto de la propuesta presentada por el ponente, han informado fuentes del CGPJ, y varios de los vocales que votaron en contra cuestionaron que la norma puede afectar a derechos fundamentales.

Votos

Han votado a favor del informe, además de Lesmes, vocales pertenecientes a los sectores tanto "progresista" como "conservador" del CGPJ, en concreto Mar Cabrejas, Ángeles Carmona, Nuria Díaz, Juan Manuel Fernández, Vicente Guilarte, José María Macías, Gerardo Martínez Tristán, Juan Martínez Moya y Wenceslao Olea.

En contra se han pronunciado también vocales de ambos sectores, Roser Bach, Victoria Cinto, Álvaro Cuesta, Rafael Fernández Valverde, Enrique Lucas, Carmen Llombart, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo, Concepción Sáez y Pilar Sepúlveda.

Por su parte, el vocal Álvaro Cuesta ha defendido que el texto remitido por el Gobierno se queda corto y que es necesaria más publicidad y transparencia en lo relativo a la lucha contra el fraude fiscal.

El vocal Cuesta apoyaba el informe inicial, pero ha votado en contra al incluirse en dicho texto diversas consideraciones que habían sido presentadas como "observaciones" por un grupo de vocales del sector "progresista" y que, en resumen, mostraban su oposición a la medida, han informado a Europa Press fuentes de este órgano.

El informe señala que el Anteproyecto, que establece el carácter público del acceso al fallo de esas sentencias y la publicación de un extracto de las mismas en el BOE, tiene como objetivos impulsar la lucha contra el fraude fiscal, incentivando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, e incrementar la transparencia en la actuación de las Administraciones Públicas y, especialmente, de las actuaciones judiciales en ese ámbito.

El texto reconoce que la publicidad de la sentencia puede suponer un gravamen para la persona condenada susceptible de afectar a sus derechos individuales al honor, intimidad y protección de datos, "pero también cabe entender que esta publicidad cumple fundamentalmente una función de información y en gran medida de lucha contra el fraude fiscal, configurándose como un elemento preventivo y educativo".

El informe señala también que la divulgación de los datos a los que hace referencia el Anteproyecto cumple tanto con el requisito constitucional de veracidad como el acuñado jurisprudencialmente de la relevancia pública de la información.

Así, afirma que "la sentencia penal firme goza de veracidad, dado que se publicarán datos extraídos de lo considerado probado en la sentencia, lo que sin duda constituye una verdad jurídica formal" y que de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional se trata de una información de relevancia pública.

El texto, por último, recuerda que la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos, excluye la necesidad de consentimiento del afectado para la recepción y tratamiento de los datos cuando éstos figuren en fuentes accesibles al público o cuando su comunicación esté autorizada por la ley.

Aunque con el Anteproyecto se cumple este segundo requisito, el informe considera que debería procederse a incluir las sentencias condenatorias por fraude fiscal entre las fuentes accesibles al público "reformando la Ley Orgánica de Protección de Datos, dotando así de mayor coherencia al ordenamiento y evitando eventuales dudas interpretativas entre el contenido de ambas leyes orgánicas".

Modificaciones

Como resultado del debate en el Pleno, de la propuesta de informe se ha retirado el punto que consideraba "admisible" la Disposición transitoria única del Anteproyecto, que prevé que será de aplicación a las sentencias que se dicten tras su entrada en vigor.

El texto, finalmente, acoge las observaciones planteadas por los vocales Roser Bach y Enrique Lucas, a las que se sumaron Victoria Cinto, Clara Martínez de Careaga y Concepción Sáez, en el sentido de que el régimen transitorio razonable pasa porque el Anteproyecto afecte a los delitos que se cometan con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica.

El informe también recoge otra de las observaciones de estos vocales, que consideran que el Anteproyecto no valora el impacto que pueda tener su aplicación a la generalidad de los supuestos a que se refiere y que resulta difícil encajar el efecto negativo que supone la publicación de las sentencias en los casos en los que se aprecie reparación del daño.

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