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29/03/2024. 08:30:08

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Los abogados madrileños se ponen serios con el Turno de Oficio

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Hoy habrá un debate acerca de si funcionarios y abogados con nómina son incompatibles con el Turno de Oficio.

La Justicia gratuita es un Derecho constitucional al que cada vez se acogen más beneficiarios a causa de la crisis, y se apuntan más abogados por el plus que les reporta. Ello es algo que la Administración sabe y el servicio cada vez se va perfeccionando más, pero las dificultades de gestión inherentes a su propia naturaleza, sobre todo en cuanto a lo económico, hacen que los abogados que se encargan de ello tengan un disgusto creciente. El Turno de Oficio madrileño se está distinguiendo por su activismo a la hora de detectar los defectos del servicio y proponer mejoras, y a su Junta General Ordinaria se le va a plantear algo concreto: que funcionarios y abogados con nómina no puedan integrar el Turno de Oficio. Identifique cuál es el fin principal del Turno, y ahí tendrán la respuesta correcta.

Un maletín que muestra un letrero en el que pone

Que el Turno de Oficio es un tema de actualidad es algo indiscutible, ya sea por el auge del mismo, o por los desajustes de gestión; sobre todo en Madrid.

Hoy, la Junta General Ordinaria del Colegio de Abogados de Madrid debatirá dos propuestas muy semejantes entre sí que firman en total veintiséis colegiados: se trata de vetar el acceso al Turno a personas quienes, por cuestión de jornada, ser funcionarios -en aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas-, o estar en una estructura jerárquica no puedan estar a la completa disposición del servicio.

A partir de mañana, podrían perder la capacidad de integrarse en el Turno de Oficio en Madrid:

  • Funcionarios en servicio activo.
  • Personal laboral con dedicación exclusiva.
  • Personal con contratos mercantiles en general que exijan dedicación total o que incidan en la disponibilidad plena.
  • Personal supeditado a órganos de dirección que dificulte la disponibilidad plena.
  • Abogados en ejercicio cuya actividad privada pueda alterar la disponibilidad plena.

Hay ya varios Colegios que tiene previsiones al respecto: en Cataluña, Baleares, Cádiz, Córdoba, Jaen, Santa Cruz de la Palma, Ávila, Soria, Valencia o Zaragoza.

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