Las Jornadas Nacionales de Presidentes de Tribunales Superiores de Justicia, que durante tres días han congregado en Burgos a los 17 máximos representantes de los tribunales autonómicos, han finalizado con un documento de conclusiones fruto de las mesas de trabajo celebradas en el que se recogen entre otras las siguientes cuestiones:
- Reiteramos el llamamiento a todos los poderes públicos a fin de que aseguren los medios y recursos que el Poder Judicial necesita para seguir cumpliendo con la misión de asegurar la aplicación de la fuerza razonada del Derecho para defender el orden constitucional. La modernización y adecuada dotación de la Justicia sigue siendo la asignatura pendiente de nuestra democracia.
- Si bien la crítica de las actuaciones judiciales es legítima y positiva en una sociedad democrática, siempre que se realice con respeto y ponderación, su descalificación general, especialmente cuando se efectúa por quienes ejercen cargos públicos, a la que en ocasiones se añade el propósito de desprestigiar a los jueces, deslegitima al Poder Judicial y afecta a la confianza que los ciudadanos tienen en sus tribunales y en el conjunto del sistema democrático. Consideramos esencial que quienes representan a los poderes públicos actúen con lealtad, favoreciendo la credibilidad en el Poder Judicial y en el resto de las instituciones.
- La protección judicial de los derechos de los consumidores reconocidos por el ordenamiento de la Unión Europea se encuentra sumida en una crisis de eficacia por las dificultades en la gestión de los procesos en la jurisdicción civil, sustanciados en forma de litigios-masa. Este fenómeno, que puede potencialmente producirse en cualquier jurisdicción, debe ser solucionado con medidas legislativas específicas.
- Las crecientes exigencias de una información rigurosa, de una efectiva protección de datos personales y de una política de transparencia ponen de manifiesto la necesidad de fortalecer el papel y los medios de las Oficinas de Comunicación, al servicio del derecho de los ciudadanos a una información veraz, neutral, clara, objetiva, responsable y ágil, esencial en una sociedad democrática.
- Las
administraciones prestacionales deben reforzar la seguridad judicial
electrónica, garantizando en todo caso la custodia y reserva de los
datos contenidos en el expediente judicial electrónico. Los accesos a
las sedes judiciales electrónicas para verificar la autenticidad e
integridad de las resoluciones judiciales a través del Código Seguro de
Verificación (CSV) deben incorporar un control de trazabilidad que
permita identificar al usuario y comprobar la legítima finalidad del
acceso. Es preciso que los sistemas de gestión procesal incorporen
funcionalidades que permitan, desde
el inicio de las actuaciones, cumplir adecuadamente con los principios de minimización y disociación de datos proclamados por el Reglamento (UE) 2016/679, especialmente en cuanto a los datos de las víctimas de delitos y de sus familiares. Mientras los sistemas informáticos de la Administración de Justicia no permitan la disociación de datos en los expedientes judiciales electrónicos desde el momento de su incorporación a los mismos, las oficinas judiciales deben minimizar los datos de carácter personal contenidos en dichas resoluciones antes de trasladarlas a los Gabinetes de Comunicación, sin que deban facilitarse las mismas en formatos que contengan código seguro de verificación. - La oficina judicial es la organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional de jueces y tribunales. Para asegurar dicho carácter instrumental de la oficina judicial, proponemos que se lleven a cabo los cambios normativos que vinculen funcionalmente a los Secretarios de Gobierno a las directrices organizativas emanadas de los órganos de gobierno del Poder Judicial.
- Resulta necesario establecer una disposición legal que vincule automáticamente la mejora de los derechos en la función pública a la Carrera Judicial. Mientras tanto, para paliar esta situación, los Presidentes de los TSJ realizaremos una interpretación favorable de aquellos derechos cuyo reconocimiento está sujeto a nuestra decisión.
- Reclamamos la clarificación de las competencias directivas de los Secretarios de Gobierno sobre el personal adscrito a las Secretarías de Gobierno, que en todo caso deben quedar sometidas y ser ejercitadas con arreglo a las directrices, acuerdos y órdenes emanados de las presidencias de los TSJ.
- Acordamos la utilización del auxilio judicial para la práctica de los actos de prueba deberá ser excepcional y requerirá en todo caso su adopción por resolución motivada en la que se justifique la necesidad del exhorto y, en su caso, también la imposibilidad de su realización mediante videoconferencia.
- Los presidentes de los TSJ, en nuestra función de presidencia de las Comisiones de Garantías de Videovigilancia previstas por la LO 4/1997, constatamos la necesidad de una reflexión profunda sobre el paradigma social desde el que ponderar las exigencias de seguridad y las garantías de privacidad. Como instrumento para contribuir a tal reflexión y mejorar la respuesta de dichas comisiones, dejamos constancia de la utilidad de crear una base de datos que recopile de forma sistemática los informes emitidos por las distintas comisiones territoriales.