La Corte de Casación italiana sostiene que los fieles de la religión rastafariana tienen derecho a poseer grandes cantidades de marihuana, debido a que su religión prevé el uso de esta sustancia para favorecer la meditación. La Corte se mostró a favor de un fiel que había sido condenado, en apelación en los tribunales de Perugia por tráfico de drogas, a una pena de un año y cuatro meses de cárcel y 4000 euros de multa.
El acusado había sido detenido por los carabineros con 100 gramos de marihuana en su poder. Llegado el momento, el ciudadano alegó ser miembro de la religión rastafariana, la cual considera la marihuana como una sustancia sagrada, que creció por primera vez sobre la tumba del rey Salomón.
Añadió, además, que debía consumir hasta 10 gramos cada día para poder entrar en meditación, motivo por el cual, en el momento de ser detenido por presunto tráfico de drogas, poseía una cantidad normalmente considerada para el comercio.
La Corte de Casación estimó fundado el recurso de Giuseppe G., argumentando que "según las informaciones adquiridas sobre las características de conducta de los adeptos de esta religión de matriz judía, la marihuana no sólo es usada como hierba medicinal" sino también para obtener "el estado psicofísico tendiente a la contemplación en la oración".
Con base en este razonamiento, la Corte reprochó al tribunal de apelación de Perugia el haber condenado a Giuseppe G. basándose en lo que consideraron "una referencia simplista al dato de la cantidad de la sustancia" que le fue incautada, sin tener en cuenta "las modalidades de conducta" de los rastafarianos.