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18/04/2024. 15:11:14

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MIENTRAS NO HAY MÁS NOTICIAS ACERCA DE LA NUEVA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL

Se proponen más juicios rápidos en lo civil y juicios rápidos en lo penal

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Víctor Fernández González, juez de lo mercantil en Mallorca, comenta a Legal Today que " todas las medidas que no pasen por aumentar la plantilla de jueces y magistrados están condenada a no funcionar" Para Antonio Valmaña, abogado en Ceca Magán, "no se trata tanto de un problema de legislación como de medios" Una estimación del CGPJ acerca de costes concluye que un proceso monitorio cuesta aproximadamente 1200 euros. El precio medio de una sentencia es de 2192 euros.

La Comisión de Justicia del Senado ha aprobado una iniciativa del Partidos Popular que propone ampliar el campo de los juicios rápidos. Más en lo civil y abrir la puerta en penal para agilizar la justicia. Ello se enmarca en la “nueva administración de Justicia” por la que apuesta el Gobierno actual, más allá de la mera tecnología y tras aprobar la Ley de Mediación. Choca, sin embargo, con la reducción del presupuesto -aunque menos que en otros departamentos- a Justicia y la siempre escasa plantilla de jueces.

Un mazo en movimiento

La viceportavoz popular de Justicia en el Senado, Silvia Franco González, argumentó que el fin de la propuesta, que fue aprobada por consenso, es lograr el reto que tiene pendiente la Administración de Justicia y que no es otro que "alcanzar una justicia rápida" porque en puridad, según explicó, "si la justicia no es rápida no es realmente justicia o se convierte en injusticia".

La senadora leonesa indicó que la vocación de la moción es "agilizar procedimientos", sin que ello implique reducir las garantías procesales, e insistió en que es "conveniente" extender el enjuiciamiento rápido a todas aquellas materias en las que sea susceptible hacerlo.

Según explicó, la percepción social de que la justicia es lenta, sin perjuicio de reconocer que en los últimos tiempos se ha avanzado mucho en la resolución en plazo de los diferentes procesos judiciales y jurisdicciones, "es un problema real" que, según recalcó, "debe ocuparnos y preocuparnos a todos, y en especial a los poderes públicos". Se trata, en definitiva, de dar respuesta a una demanda justa de la sociedad.

Situación

Según el informe del CGPJ "Propuestas para la reducción de la litigiosidad", los niveles de litigiosidad son especialmente acusados en la jurisdicción penal, casi el 71 por ciento del total de los asuntos ingresados en el año 2010 en todas las jurisdicciones. "Los Juzgados de Instrucción conocen del enjuiciamiento de la mayoría de las faltas" -dice el informe-, "3.448.548 asuntos de los 6.639.356  ingresados en el orden penal en 2010".

Conforme a la Memoria 2011 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recién presentado, "Padecemos un exceso de litigiosidad que en algunos casos es evidente, bien sea por el escaso interés socio-económico de determinados asuntos, bien por la ineficacia de la resolución judicial que corresponda".

"A la vez, -sigue- se exige a jueces y magistrados que motiven exhaustivamente sus resoluciones, incluso en asuntos nimios, como los juicios de faltas, y se ha abierto desmesuradamente la vía del recurso devolutivo, al que se acogen en muchos casos indiscriminadamente los litigantes al no sufrir riesgo alguno por su interposición. Cuando cuentan con asistencia jurídica gratuita, surgen serias dificultades para declarar la pretensión insostenible y, además, en el orden penal no cabe siquiera formular la insostenibilidad de la pretensión en vía de recurso respecto de los condenados".

Antonio Valmaña, abogado en Ceca Magán nos comenta que "Por más que las reformas procesales de 2009 y 2011, así como las que ahora se están tramitando, persiguieran objetivos muy loables y lo hicieran además sobre la base de unas medidas razonables, como la redistribución de determinadas competencias entre jueces y secretarios, eso sólo no basta. De nada sirve que se publiquen en el BOE nuevas medidas legislativas que pretendan una mayor agilización de la Justicia si, paralelamente, leemos en la prensa generalista que baja el número de jueces sustitutos, por ejemplo. La agilización de la Justicia no pasa por la reforma de las leyes procesales -no únicamente por ahí, por lo menos-, sino por dotar de mayores medios a la Administración que debe impartirla". Lo cierto es que una estimación del CGPJ acerca de costes concluye que un proceso monitorio cuesta aproximadamente 1200 euros. El precio medio de una  sentencia es de 2192 euros.

Otro dato importante es que de acuerdo con el Informe Global de Competitividad del World Economic Forum, España ocupa el puesto 63 entre 142 países en eficiencia del marco jurídico en la solución de controversias.

Le preguntamos a Antonio Valmaña sobre su opinión acerca de los  juicios rápidos. Nos dice que "entiendo que podría ser muy positivo, teniendo en cuenta que existen determinadas materias que no revisten una especial complejidad jurídica y que, por lo tanto, bien podrían resolverse con la misma agilidad con que se resuelven ya, a día de hoy, determinadas cuestiones en el ámbito penal. Es el caso, por ejemplo, de determinadas reclamaciones de cantidad que se eternizan en los juzgados cuando se trata de cuestiones en que hay pocos argumentos jurídicos que contraponer. Esta cuestión, obviamente de rabiosa actualidad, genera una gran perplejidad al ciudadano, al que legítimamente le cuesta entender cómo la resolución de su asunto puede demorarse tanto. Y una justicia tardía no es en definitiva justicia. Pero, en todo caso, retomando lo que decía antes, no se trata tanto de un problema de legislación como de medios. Por seguir con el ámbito al que me refería, el de las reclamaciones de cantidad, hay que tener en cuenta que nuestra legislación ya contempla vías rápidas: una demanda cambiaria implica el requerimiento de pago en un plazo de diez días; una demanda monitoria, en veinte días. El problema aparece cuando el juzgado va tan

colapsado que no puede tramitar esas demandas hasta tres meses después de haberlas interpuesto. No serviría de nada que la ley rebajase los plazos de requerimiento a la mitad: el quid de la cuestión es garantizar que los expedientes puedan atenderse en plazos razonables".

Número de jueces por habitante, número de funcionarios-personal laboral por juzgado

Tal y como ha comentado a Legal Today Víctor Fernández González, Juez de lo mercantil en Mallorca, "todas las medidas que tiendan a agilizar la justicia es una buenísima noticia para nosotros como jueces y para la sociedad. Sin embargo, todas las medidas que no pasen por aumentar la plantilla de jueces y magistrados están condenada a no funcionar".

Efectivamente, se da la situación de que España está en el pelotón de cola del número de jueces por habitante, y en cabeza del pelotón del número de funcionarios y personal laboral de juzgados.

Número de jueces por cada 100.00 habitantes. Fuente: European Commission for the Efficiency of Justice

Funcionarios-personal laboral por sede judicial. Fuente: European Commission for the Efficiency of Justice

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