Semana de actividad parlamentaria, por el pleno de investidura, pero de la que no va a salir nueva normativa por lo que, una vez más, el repaso de la actualidad de esta semana en Aranzadi Exprés va a volver a girar alrededor de la jurisprudencia, salvo el aviso de rigor de entrada en vigor diferida: desde este domingo, 1 de octubre, se elimina el cálculo de coeficiente de parcialidad en el cómputo de prestaciones por IT, como consecuencia de la reforma de pensiones.
Abrimos la “Crónica de tribunales” destacando 3 sentencias del Tribunal Supremo:
- La Sala Primera ha aclarado que el allanamiento, en la medida en que comporta una renuncia de derechos, debe ser claro e inequívoco.
- La sala Tercera establece que los hechos probados en sentencia penal no vinculan al orden contencioso si se refieren a distintos periodos impositivos o conceptos tributarios
- Y, finalmente, la Sala Cuarta acaba de determinar que una empresa que sustituya el correo electrónico por una app para distribuir información no vulnera el derecho a la libertad sindical.
En el ámbito de la jurisprudencia menor, en los juzgados:
- El primera Instancia 81 de Madrid afirma que el deterioro cognitivo leve es insuficiente para considerar acreditada la falta de capacidad para testar.
- y juzgados de los mercantil como Barcelona, Girona o, recientemente, Pamplona, están resolviendo de distinta manera si los créditos públicos de organismos locales deben entrar en las exoneraciones del pasivo insatisfecho o no.
Acabamos con doctrina administrativa: la DGT considera que los artistas que venden NFTs en plataformas digitales de fuera del territorio del IVA, son servicios no sujetos al impuesto.
Nada más; nos vemos en siete días en Aranzadi Exprés.