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27/07/2024. 03:34:46

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“Nuestro deber Ético procede del más alto valor de Justicia con total respeto a la  Constitución y la Ley y nuestro destinatario el individuo.”

Desafíos y oportunidades de los Jueces en una verdadera perspectiva de Independencia Judicial

Catedrático de Derecho Constitucional.
Graduado de la Universidad Autónoma de Barcelona, España
Juez de Sentencia y Magistrado Suplente Sala de lo Constitucional Corte Suprema de Justicia

No deseo ser un experto en este tema muy importante, pero si he estudiado desde lo académico y de la alta Magistratura doctrinas y pronunciamientos, resoluciones de los Tribunales de Justicia en distintos países, y es bueno conocer su entorno, génesis legislativa o configuración constitucional porque eso nos determina, por donde se debe transitar en el análisis de la realidad sobre el desarrollo de la Independencia Judicial.

En esa etapa de la Justicia retributiva a una Transicional, con todos las dificultades legislativas y jurisprudenciales de su entorno doctrinario; el tema o eje central de la administración de justicia ha girado sobre la perspectiva de la Independencia Judicial.

Hoy debemos analizar los esquemas de la justicia inclusiva; y como por muchas generaciones se ha dificultado el acceso de la Justicia a los niños y niñas en este país; una brecha generacional que con todo los discursos de una administración de justicia a todos sin excepción de persona, no se logro proteger a una generación de niños y niñas de la post guerra, y de los oscuros sectores de las maras o pandillas que hacían de estos niños y niñas, los jóvenes de la transculturización de las pandillas, hasta la actualidad de lo que hoy contextualizamos como organizaciones terroristas o delincuencia organizada o criminalidad trasnacional internacional.  

Esto simplemente es una efímera coincidencia conceptual, de que la protección de estos grupos vulnerables no se les garantizo de un sistema judicial, imparcial e independiente, garante de la protección reforzada del estado, de las leyes y de los operadores de justicia en esa oscura etapa de una realidad del país.

Este referente, es muy importante porque en gran medida podemos comprender, que se configura la interrelación entre democracia e independencia judicial.

Por ello decimos, si en un Estado democrático los jueces deben resolver las causas sometidas a su conocimiento dentro del sistema normativo, el cual es emanado de la voluntad popular por el decisor político, comprendemos el origen legitimador de sus facultades y también de los límites de todos los órganos que interactúan en un Estado.

En la actualidad, ya han transcurrido más de veintiseis años en el ejercicio del cargo y cuando contextualizo estas líneas de pensamiento; reflexiono la esencia de la Independencia Judicial no es algo que personalmente se pueda decir, que le corresponde a cada Juez como la toga personal, de color negro que utilizo Marshall al ser Presidente de la Suprema Corte de Estados Unidos.

En el análisis sobre este tema de la Independencia Judicial, debo advertir en las líneas de mi reciente libro Independencia Judicial y la Justicia Inclusiva, editado por Aranzadi al argumentar como un desafío:

“Y por ello estimo más bien, es una configuración desde la Constitución; que si bien legitima su función, debemos comprender que es algo natural que procede del poder originario, lo natural es la voluntad popular, ese cumulo de diversidad de pensamientos que optaron por configurar un instrumento jurídico fundamental, y que orientaron el ejercicio de la alta magistratura como un ente independiente e imparcial, no le es propio para adoptar decisiones en contra de la voluntad originaria, esto quiere decir del pueblo.”

Para comprender lo anterior, un sistema judicial que tenía su obligación de protección de los derechos de la niñez no ha sido desarrollado por los Jueces en diversos tiempos, es natural que al amparo de esa potestad de administrar justicia se invisibilizaron sus derechos, no obstante, el poder originario le otorgo un mandato.

El reconocimiento jurídico formal de la infancia en las constituciones políticas no es un asunto trivial. Tampoco lo es la forma concreta que dicho reconocimiento toma en el marco del sistema de principios, derechos y garantías que el constituyente desea afirmar y proteger.

Es muy difícil pensar que las Asociaciones de Jueces y Magistrados muy parecidos a los tanques de pensamiento utilizaron un discurso de la independencia judicial como la perspectiva personal del Juez en su Independencia Judicial, pero la realidad nos ha enseñado mucho, no es una oportunidad de legitimar nuestro cargo y permanencia en las funciones considerando que la independencia judicial es un estatuto personal; no es la esencia por la cual un Juez responde al ciudadano; es el derecho de la población accesar al sistema judicial para su protección de sus derechos, tener Jueces imparciales e independientes por la voluntad originaria en la construcción desde la Constitución la protección del ser humano desde la concepción, en su desarrollo y su actividad como persona.

Por ello el énfasis en el libro, líneas muy claras: “Su envestidura no está en las marchas públicas que realicen un conglomerado de Jueces y Juezas, junto a organizaciones sociales, para determinar que se está en defensa de la Independencia Judicial, esa exteriorización no es legítima, lo real es el respeto de la Independencia Judicial en la voluntad originaria que le configuro ese estatuto al Juez, con las manifestaciones no se le otorga al pueblo más justicia; su reconocimiento será en el ejercicio de su función como un Juez garante de independencia e imparcialidad.”

Hoy tenemos una oportunidad de orientar nuestra función, al verdadero análisis de la Independencia Judicial, que desde la voluntad originaria del destinario que nuestra constitución reconoce; nos puede orgullecer y dignificar la verdadera toga de todos los Jueces y Magistrados, consolidando un verdadero sistema judicial Independiente y la oportunidad de una Justicia inclusiva, que tuvo ciega los oscuros designios de algunos funcionarios y autoridades del Estado en una época recién pasada.

Los niños y niñas tienen derecho a un futuro cierto y próspero, su protección no se puede postergar, es hoy que todo el sistema de protección deberá orientar sus mayores esfuerzos para construir una verdadera Administración de Justicia Independiente e imparcial, como el derecho del ciudadano y garantía de todos la población.   

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