En 1985, el Alcalde de Jerez, Pedro Pacheco, fue procesado por decir públicamente que “La Justicia es un Cachondeo”. Su comentario surgió como consecuencia de una actuación urbanística sobre un chalet de Bertín Osborne. Treinta años después, la casa de Bertín Osborne sigue de plena actualidad “¿En tu casa o en la mía?” y los comentarios sobre la Justicia, también.
Dejemos a un lado la Casa de Bertín Osborne y centrémonos en la Administración de Justicia y en un slogan de campaña de Bill Clinton en 1992. En aquel momento, sus asesores de campaña, fijaron con esa frase, en qué debía centrarse la campaña electoral.
No nos engañemos: La Administración de Justicia en España es, a juicio de sus propios ciudadanos, ineficaz, ininteligible, e imparcial.
En dichos términos se recogió en el Barómetro Externo del Consejo General de la Abogacía Española, que añadió además una percepción generalizada de antigüedad y desorganización respecto a su estructura y funcionamiento. Lo manifiestan alrededor de 53% de los españoles, y es una opinión que se mantiene estática en el tiempo.
¿Qué es lo que no funciona en el Poder Judicial de nuestro país? ¿Es una afección exclusiva de España? Y lo más importante, ¿puede remediarse?
1. LA INSUFICIENCIA DE RECURSOS ECONÓMICOS
Empecemos a analizar la cuestión por sus cimientos. Y es que, para ofrecer un servicio de Justicia adecuado, lo primero es disponer de medios económicos para poder llevarlo a cabo con idoneidad.
Sin embargo, lo cierto es que en España el Tercer Poder goza de escasa significación en los Presupuestos Generales del Estado. En los de 2017, se previo un gasto de sólo 1.726 millones euros, lo que se traduce aproximadamente a 0,15% del PIB. Es una cifra que se sitúa muy por debajo de lo dispuesto para otras partidas, como por ejemplo Pensiones (139.646 millones de euros euros), Defensa (7.579 millones de euros) y Agricultura, Pesca y Alimentación (7.412 millones de euros).
La comparativa con Europa en este sentido tampoco nos posiciona convenientemente. En Alemania, sin ir más lejos, el presupuesto destinado al ámbito de la Justicia es de 838.622 millones de euros (un 0,25% del PIB), y en Francia, de 6.850 millones de euros (un 0,27% del PIB). De hecho, España se encuentra por debajo de la media europea.
De lo anterior se desprende necesariamente una carencia que tiene reflejo en todo lo que vamos a exponer a continuación. Como es lógico, si no hay una estructura patrimonial sólida, el propio sistema adolecerá de déficits en cadena.
2. LA INSUFICIENCIA DE RECURSOS HUMANOS
La Justicia es un servicio público para cuyo funcionamiento se requiere la intervención de medios humanos: Jueces, Fiscales, Letrados de la Administración de justicia, Abogados del Estado, Gestores, Tramitadores, Auxiliares Judiciales… Y, en principio, su existencia debería ajustarse a la demanda del propio servicio.
No obstante, en España se aprecia un claro desequilibrio entre el personal requerido y el ofertado. En este sentido, en nuestro país hay únicamente 11 Jueces y 5 Fiscales por cada 100.000 habitantes, lo que nos sitúa a la cola de la Unión Europea. Y es que, tal y como podemos observar en el siguiente gráfico, la media europea es de 21 jueces por habitante, y sólo se encuentran en una situación subordinada a la nuestra Italia, Francia, Malta, Dinamarca, Irlanda y Reino Unido.
*FUENTE: Gráfico extraído del Informe "The 2017 EU Justice Scoreboard", de la Comisión Europea. Ampliar Imagen
Pero los ratios expuestos no son significativos si no los relacionamos con la tasa de litigiosidad. Relación que ciertamente nos perjudica, en la medida en la que España consta con una de las tasas más altas, correspondientes a 124,9 casos judiciales por cada 10.000 habitantes. Centrándonos sólo en los procedimientos civiles y mercantiles, nuestro país tiene en torno a los 0,038 casos per cápita, muy por delante de Francia (0,026), Italia (0,026), Alemania (0,019) y Reino Unido (0,019), situándose la media de la UE en los 0,017 casos per cápita.
3. LA INSUFICIENCIA DE MEDIOS TECNOLÓGICOS
La irrupción de las TICs en la forma de relacionarnos a nivel general, y con especial incidencia respecto a los servicios públicos, ha facilitado y agilizado incuestionablemente su utilización. Pese a ello, parece que el sector de la Justicia no ha podido adaptarse a las mismas como las circunstancias vienen exigiendo, lo que se traduce a una desactualización del propio sistema.
Si bien es cierto que cada vez son más las iniciativas de modernización a este respecto, no podemos obviar que la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia fue promovida hace casi 7 años. Son numerosos los aspectos que han cambiado a nivel electrónico desde entonces, por lo que cabe sentenciar que la normativa deviene insuficiente.
Así lo reafirma el siguiente gráfico, que confirma que la UE va por delante en lo que a medios tecnológicos en la Justicia se refiere. Como puede observarse, España es, junto con Bélgica y Países Bajos, el único estado que no facilita los medios para monitorizar las diferentes fases de un procedimiento, permitiéndose sólo la automatización de la interposición.
*FUENTE: Gráfico extraído del Informe "The 2017 EU Justice Scoreboard", de la Comisión Europea. Ampliar Imagen
Tampoco puede presumir nuestro país de disponer de un sistema de evaluación automatizado y adecuado respecto a las actuaciones de los Juzgados y Tribunales. En este sentido, y como se refleja en el siguiente gráfico, volvemos a situarnos al final de las estadísticas de la Comisión Europea.
*FUENTE: Gráfico extraído del Informe "The 2017 EU Justice Scoreboard", de la Comisión Europea. Ampliar Imagen
4. CONSECUENCIAS
El conjunto de las circunstancias expuestas hasta el momento hace enfermar nuestro sistema judicial. Y es que la insuficiencia de los tres extremos analizados convierte la Justicia española en una institución lenta, desactualizada e insuficiente. Es precisamente lo que critica la ciudadanía, siendo la agilidad lo más demandado por los españoles (43,12% del total de las quejas interpuestas ante la Unidad de Atención Ciudadana, integrada en el Servicio del Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial).
Efectivamente, en el siguiente gráfico se advierte que somos el tercer país más lento de la Unión Europea en lo que a resolución de litigios en el tiempo se refiere.
*FUENTE: Gráfico extraído del Informe "The 2017 EU Justice Scoreboard", de la Comisión Europea. Ampliar Imagen
5. CONCLUSIONES
5.1. Escasa ponderación de la Administración de Justicia en los Presupuestos Generales del Estados
5.2. Pocos Jueces, Fiscales y Auxiliares
5.3. Alta litigiosidad
5.4. Escasos medios técnicos y tecnológicos.
5.5. Escasa monitorización de la actividad judicial.
5.6. Ineficiente – por lenta – actitud de la Administración de Justicia
Llegados a este punto, no podemos sino concluir la necesidad de reforma que adolece el Poder Judicial. En ocasiones parece olvidarse que se trata de uno de los pilares del Estado de Derecho y que como tal ha de ser configurado, empezando por los mismos Presupuestos Generales del Estado. Una vez otorgándole la relevancia económica que merece, debemos dotar tanto los recursos humanos como los tecnológicos, y sólo así podremos ajustarnos a lo que demanda la ciudadanía española respecto a uno de los servicios más importantes del país.