LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

19/04/2024. 07:04:28

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Los smart contract, el ideal del renting actual

Abogado

Experto en derecho de las nuevas tecnologías en sirvent & granados abogados

Las operaciones de renting son cada vez más frecuentes, y no solo de vehículos, se ha generalizado el renting de tecnología, tanto de hardware como software. Dado el constante avance y mejora de la tecnología, la posibilidad de estar siempre al día y no quedar desfasado es un atractivo importante en este tipo de operaciones.

Esta clase de contratos se presta, por su propia naturaleza, a ser el mejor campo de pruebas posible para los smart contracts, y la práctica nos demuestra que así se está desarrollando. Esta clase de contratos tiene la capacidad de ejecutarse de forma automática, aunque en el contrato de renting llama la atención por su vertiente negativa, la capacidad de dejar de estar vigente de forma automática. Es decir, ante el impago de una cuota de renting, el propio programa informático anula la posibilidad de seguir utilizando el bien entregado en renting.

La situación resultante es de especial interés para los operadores jurídicos. ¿Es legal la autoejecución de un contrato ante el impago? ¿Cómo se configura esa clase de Smart Contract? ¿Es necesaria la intervención de profesionales jurídicos en estos contratos autoejecutables?

Tradicionalmente la facultad de autotutela ante un incumplimiento queda limitada a las administraciones públicas, que no necesitan acudir a los juzgados y tribunales para hacer efectivas sus resoluciones. Los Smart Contracts permitirían generalizar esta suerte de autotutela, pero como veremos a continuación tiene importantes matices.

En el específico contrato de renting, el impago del mismo comporta dos acciones principales para el arrendador, la acción de devolución del bien y la reclamación de las cantidades impagadas. La inmovilización o inutilizaciones de los bienes dado en renting no sería una acción contractual por incumplimiento, sino una medida “coactiva” tendente a garantizar el cumplimiento de la parte arrendataria.

Un somero análisis de la legislación para la defensa de consumidores y usuarios tacharía esta medida coactiva de abusiva, por su carácter unilateral e invalidante del contrato. No obstante, respecto de su relación con las empresas, podríamos entender que la misma es una medida válida y acorde con la legislación actual.

Ello abre un campo nuevo para los juristas, como negociar los contratos con esta clausula, con cuantos meses de impago de produce el bloqueo, como se reactiva… Ante la falta de previsión normativa de estos contratos autoejecutables, son los contratos entre las partes las que dotarán de contenido a estas relaciones jurídicas, por lo que la intervención de un asesor jurídico experto se hace esencial para los Smart Contracts.

Uno de los aspectos más importantes de los contratos inteligentes es cuál es su oráculo. Por oráculo entendemos a que entidad otorga la información al contrato para proceder con su ejecución. Por ejemplo, en nuestro supuesto el oráculo podría ser el banco, desde el momento que en una determinada fecha no se haya registrado un pago, el contrato se conecta a la intranet del banco, comprueba el impago, y desconecta el bien.

En conclusión, los smart contracts parecen el futuro de los contratos, y son el presente en muchos contratos de renting. Son contratos con aspectos muy novedosos y, ante la falta de regulación, debemos detallar los contratos donde empleemos los mismos para dotar de seguridad jurídica a la relación que se está regulando.

 

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.

RECOMENDAMOS