Cada nuevo servicio tecnológico lleva consigo una mejora sustancial en la prestación de los propios servicios que el abogado presta a su cliente. La rapidez, inmediatez, accesibilidad a la información redunda en la calidad del servicio prestado y la confianza que el abogado debe a su cliente. Si bien, siendo esto hasta cierto punto cierto, también debe hacer recapacitar qué sucede o más bien qué implica cada nueva revolución que llega hasta nuestras máquinas.
En la actualidad, esta revolución se llama "nube", esto es, el conjunto de aplicaciones que normalmente utilizaríamos en nuestros ordenadores personales pero que ya no necesitan estar en un lugar físico concreto por encontrarse en la nebulosa de bits que es Internet. Así, con este tipo de servicios, no necesitamos estar sentados delante de nuestro ordenador para acceder a nuestros ficheros, documentos, agenda, etc., sino que en cualquier lugar con acceso a Internet podríamos acceder a esta ingente cantidad de información, y por supuesto, sin llevárnosla encima. Todo ventajas para una de las profesiones que más información maneja y lleva de un lado para otro.
Pero, como cada nueva revolución tecnológica que se precie nos debe hacer recapacitar sobre ella, nos debe hacer preguntarnos: ¿Qué implicaciones acarrea a un abogado el uso de la nube? ¿debemos relajar nuestra seguridad en aras de la facilidad de acceso? ¿Pueden los abogados usar la "nube"? La respuesta a esta última pregunta, por supuesto que será afirmativa, pero siendo conscientes que cualquier "nube" no nos vale. Si mientras en nuestra vida diaria quizá podamos perder cierta confidencialidad en base a la comodidad de acceso a la información, mejoras en la comunicación, en nuestra labor profesional debemos ser estrictos en base a nuestro código deontológico. Por ello, antes de lanzarnos a usar cualquier servicio en la nube, que como reitero no podemos cerrarnos a la tecnología, debemos conocer los entresijos de la misma para elegir correctamente y no vernos posteriormente sorprendidos por una mala elección. Entre las preguntas que debemos hacernos para elegir una nube u otra donde tener accesibles nuestra información, al igual que con la elección del hosting de nuestros servidores, están las relativas al lugar en donde se encuentre la nube, para no encontrarnos con problemas como la "US Patriot Act" o las relativas a la normativa de protección de datos de carácter personal, puesto que en muchos casos estaremos ante transferencias internacionales de datos de carácter personal (entrando en juego los acuerdos de puerto seguro, consentimiento de los afectados, acuerdo del Director de la Agencia Española de Protección de Datos, etc.) así como las relativas a la propia seguridad de las comunicaciones. Por todo ello, la elección de un "nube" no es baladí, ni debemos basarnos en la moda, sino tras una meditada y contrastada decisión entre los diferentes actores que prestan estos servicios.
No podemos vivir al margen de la tecnología, ni acentuar la brecha digital existente en nuestra profesión, pero sí debemos ser conocedores de la tecnología (o dejarnos asesorar por quien lo sea) y ser cautelosos a la hora de elegir. Por ello, nube sí, pero aquella que ofrezca los requisitos mínimos para poder funcionar sin menoscabar ninguna de las obligaciones inherentes a nuestra profesión.