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29/03/2024. 11:23:20

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Corrupción hasta en el lenguaje

Profesor de Investigación del CSIC

A. J. Vázquez Vaamonde

Berceo dijo cuándo empezó a crear el castellano: “Quiero fer una prosa en román paladino en el qual suele el pueblo fablar a su veçino…”.

El BOE está a disposición del Gobierno mientras esté en el poder.

El diccionario – la calle – es nuestro.

La Real Academia Española es un mero notario; ¡no tiene poder jurisdiccional ni autoridad ninguna! Ella levanta acta de que para nosotros un imputado es una persona a la que se le imputa algo. La corrupción lingüística no invadirá sus sillones. Su independencia de juicio, nunca suficientemente admirada, quedó puesta de manifiesto cuando se negó bajo el régimen anterior a cubrir las vacantes de los sillones cuyos académicos no podían ocuparlos por ser víctimas de una persecución política.

¿Y los periodistas? Como siempre que el sentido común desaparece se produce un cisma: media España periodística secundará incluso con fruición esta corrupción lingüística por la que se atribuye a unas palabras el significado que no tienen y se les niega a otras el que les es propio. La otra media,  respetuosa con la razón, con el significado de las palabras seguirá hablando el castellano que hemos construido entre todos; respetando el valor etimológico que tiene cada palabra; respetando el valor conceptual propio de cada vocablo; seguirán, en suma, llamando imputados a aquellos a los que se les imputa algo.

¿Y los abogados? Si somos "letrados" deberemos usar los nombres propios de cada concepto y negarnos a usar esa germanía absurda que corrompe la lengua española "porque quiere este Gobierno" ¿por qué? Tenemos un mandato constitucional: "El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla" (art. 3.1,CE78); ¡respetémoslo!

Se entiende que a los ladrones no les gusta que les llamen ladrones sino "ingenieros financieros"; que a los presuntos corruptos de las tarjetas black prefieren que les llamen "víctimas de un engaño producido por el banco"; que a los corruptores y coautores del delito de malversación de fondos en la adjudicación de obras públicas tampoco les guste ese nombre y prefieran que se diga de ellos que son "donantes con ánimo de liberalidad" aunque coincidan con rigor estadístico con posteriores concesiones de obras públicas. Y no está mal que así sea; querer tener la epidermis fina es mejor que tenerla de paquidermo. Se entiende menos que este Gobierno sea servil con ellos como ha hecho. La CE78 también obliga al gobierno a respetar la lengua española: "Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la constitución y al resto del ordenamiento jurídico" (art. 9.1,CE78)

Hagamos, pues, un mínimo repaso del castellano cuyo uso correcto recoge la Real Academia:

 "Sospechosa" (RAE) es la "persona cuya conducta o antecedentes inspiran sospecha o desconfianza". Así seguirá siendo aunque un gobierno quiera que "sospechosa" se diga "cuchichochis". Ante la sospecha procede "investigar" si hay un fundamento objetivo o es una errónea apariencia.  

"Investigar" (RAE) es "hacer diligencias para descubrir algo". Si ese "algo" son conductas ilegales significa "aclarar la conducta de ciertas personas sospechosas de actuar ilegalmente". Si tras ser "investigada" se descubren o no evidencias verosímiles de comisión de un delito el "sospechoso investigado" deja de ser "sospechoso investigado" y al juez que instruyó la "investigación" según cual fuera el resultado de esa "investigación" se le plantea una disyuntiva:

    a.- si NO se confirman las sospechas con datos verosímiles: "sobreseerá" el procedimiento.

    "Sobreseer" (RAE) significa "desistir de la pretensión o empeño que se tenía" o "cesar en el cumplimiento de una obligación". Referidas a asuntos legales sobreseer equivale a "cesar en una instrucción sumarial y, por extensión, dejar sin curso ulterior un procedimiento",

    b.- si SÍ se confirman las sospechas con evidencias verosímiles: "imputará" al investigado.

    "Imputar" (RAE) significa "atribuir a alguien la responsabilidad de un hecho reprobable", precisión fruto de una deriva negativa de la expresión originaria que significaba sólo la atribución de la autoría de un hecho y por ende su responsabilidad, con mérito o demérito, por su comisión.

Esas personas no son delincuentes pese a esos indicios verosímiles de culpabilidad pro su situación es distinta de la del valor del soldado al que "se le supone". En el caso de los imputados, hay indicios de verosimilitud de comisión de un delito que hace recaer una presunción de culpabilidad, aun siendo inocentes, que Vd. y yo no tenemos. Incluso pueden ser más inocentes que Vd. y yo.

Más aún, aunque sólo tras un juicio público en el que el juez establece la culpabilidad del imputado y al ser inapelable su sentencia ésta será firme y el imputado, convertido ya en delincuente, cumpla la condena que se le imponga, puede ser inocente. Ni sería el primer inocente condenado incorrectamente ni será el último al que, tras la condena firme y aun tras pagar una pena por un delito que nunca cometiera, se le reconociera su inocencia. ¡Por desgracia!

Pero el pan se llama pan y el vino se llama vino. E imputado al que se le imputa algo.

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