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24/04/2024. 23:30:00

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El Arbitraje en las Pymes, opción o necesidad

Secretario General de AEADE (Asociación Europea de Arbitraje)

Las PYMES, en concreto, sus abogados y gerentes, dedican cada vez más tiempo a redactar la mejor fórmula de solución de conflictos en los contratos que firman con clientes y proveedores. Pero, ¿por qué eligen el arbitraje?

Javier Íscar de Hoyos

Desde el año 2004, tras la entrada en vigor de la Ley 60/2003 de arbitraje, y hasta finales del año 2007, el arbitraje, para la mayoría de los abogados y gerentes de PYMES era, simplemente, un mecanismo alternativo a la Justicia Ordinaria en el que un árbitro dicta un laudo de obligado cumplimiento. De hecho, para la gran mayoría de los profesionales el arbitraje ha sido, históricamente, una herramienta casi prohibida, en la creencia de que era utilizado o estaba pensado para dirimir grandes conflictos internacionales o para resolver exclusivamente problemas de enjundia quedando vetado para la relación entre PYMES que copan el 95% de las transacciones y contratos que se firman.

En los últimos años el arbitraje es protagonista en muchos foros, cursos de formación, cursos de postgrado, master, seminarios, artículos de opinión, proliferación de instituciones arbitrales, etc. Parece que, por fin, los ahora llamados "operadores jurídicos", que no son otra cosa que los abogados, empiezan a verlo como un negocio más de su despacho y los empresarios ya lo perciben, incluso, como una salvación. El tiempo cada vez se valora más pero no sólo sus consecuencias económicas sino las anímicas, como evitar que los problemas se mantengan sine die en la cabeza de los verdaderos pensantes de la empresa.

Si en la duración el arbitraje gana por goleada al procedimiento judicial, es en el coste donde se ha avanzado considerablemente. Parece claro que el coste directo del arbitraje es sensiblemente mayor (un 20%, aproximadamente) que acudir al procedimiento judicial, al tener que abonar el coste del árbitro y de la institución arbitral, además del abogado, ahorrando el de procurador. Sin embargo, el coste real y el coste financiero son mucho menores dado que el procedimiento judicial tiene al menos dos instancias (se tendrá que pagar abogado y procurador dos o tres veces) y dura varios años, lo que  afecta directamente a las cuentas de las empresas.

Cada vez están más convencidos los expertos en derecho fiscal y los directores financieros, que son los que defienden el arbitraje por motivos estrictamente económicos. El hecho de que, por ejemplo, un procedimiento arbitral empiece y termine en el mismo año o periodo fiscal afecta directamente a los resultados y a los beneficios de las empresas y a sus socios y accionistas dado que no se hace ninguna provisión en el balance. No en vano, algunos expertos afirman que, desde el punto de vista económico, es preferible perder un arbitraje en 6 meses que ganar un juicio en 8 años.

Pero, ¿cuándo se debe optar por el arbitraje, a la firma del contrato o después? Si bien el acceso y opción por el arbitraje se puede hacer tanto al firmar el contrato como cuando surge la controversia, se debe resaltar que, una vez surgida la controversia, si no se ha pactado previamente el arbitraje, es muy difícil que las partes en conflicto (generalmente una de ellas) opte por una solución más rápida y eficaz y preferirá el largo y tedioso camino judicial.

Por otro lado, aunque la creación de los juzgados de lo mercantil ha significado un considerable avance, el arbitraje sigue destacando en la especialización dado que un Juez no se puede elegir, mientras que un árbitro sí. Las partes pueden decidir al firmar un contrato el tercero que les resolverá la controversia, si bien, es aconsejable que pacten en el convenio arbitral que, en caso de conflicto, aceptan el arbitraje de una institución arbitral y que sea ésta la que decida el árbitro de acuerdo con su experiencia y capacitación en la materia objeto de problema.

Ello permite calidad en el procedimiento y en la resolución dado que será el árbitro idóneo el que conocerá el asunto y lo resolverá de acuerdo a su experiencia y conocimientos.

Si a lo dicho anteriormente sumamos que el arbitraje afecta positivamente a la imagen de la PYME al dotarlo de privacidad y confidencialidad y sin repercutir negativamente a la imagen de marca de una empresa ni sus relaciones comerciales con el resto de proveedores y clientes, la reflexión es clara: El arbitraje es una necesidad.

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