Los abogados no estamos incluidos en la lista de "actividades de alto valor añadido" de Portugal Nunca me imaginé que, por ejercer el Derecho, me expulsarían del paraíso
Hace unos días me reuní en Lisboa con una profesora de universidad que también trabaja como traductora para editoriales portuguesas. Es una fantástica profesional y una bellísima persona a quien conozco desde hace varios años, ya que ha traducido alguna de mis anteriores novelas.
Al salir de su despacho, me presentó a un compañero que imparte clases de Derecho tributario. Cuando la traductora le puso al día de mis andanzas como abogado, aquel declaró:
-Una profesión sin valor.
Al ver mi rostro de estupefacción, sonrió y me explicó que hablaba estrictamente a efectos fiscales lusos. Los abogados no estamos incluidos en la lista de "actividades de alto valor añadido" de la legislación Portaria nº 12/2010 de 7 de enero que regula el régimen fiscal para "Residentes No Habituales" (NHR). Con el objetivo de capar inmigración cualificada, el gobierno del país vecino ofrece tributar con enormes beneficios, durante un período de diez años, a algunas categorías de contribuyentes tales como arquitectos, ingenieros, auditores, consultores fiscales, dentistas, desarrolladores informáticos, arqueólogos, biólogos, programadores, diseñadores, psicólogos y otros profesionales liberales y técnicos… Pero no a los abogados.
-Los escritores tampoco están en la lista -añadió, dejándome claro que, de una forma u otra, yo me quedaría fuera del paraíso (fiscal).
El Decreto-Ley luso nº 249/2009, de 23 de septiembre, establece el régimen fiscal de los NHR. Estos serían aquellos contribuyentes que, convirtiéndose en residentes a efectos fiscales en territorio portugués (estableciendo su domicilio de forma permanente o con vocación de permanencia), no hayan tributado en sede de IRS -el equivalente al IRPF español- durante los anteriores cinco años. La norma establece mecanismos de eliminación de la doble tributación internacional de los rendimientos obtenidos por los profesionales elegidos. ¿Los beneficios? Una tributación fija del 20% sobre las rentas del trabajo derivadas de las actividades obtenidas en Portugal y posible exención de tributación de las rentas obtenidas fuera del país. Una verdadera atracción de cerebros que se lleva a cabo a través de la aplicación de tasas impositivas proporcionales a sus actividades en Portugal, significativamente más bajas que las tasas progresivas del impuesto según el régimen general.
¿Cómo pueden obtener el estatus NHR aquellos cuya actividad profesional sea susceptible de exención? Basta con tener permiso de residencia en Portugal -de concesión automática para los ciudadanos de la Unión Europea-, no haber tributado en Portugal en los últimos cinco años y solicitar la inclusión en el régimen, para lo cual habrá de cumplirse una de las siguientes condiciones: Estancia mínima de 183 días en el país, ya sea de forma interrumpida o no; disponer de una casa e "intención" de vivir allí; pertenecer a la tripulación de un barco o avión portugués; tener cónyuge o hijos en el país; o estar empleado por parte del Estado portugués en el extranjero. Una vez obtenido el régimen, se procedería a la cancelación de la residencia fiscal en España, justificando la inscripción previa como residente en Portugal… y a disfrutar del paraíso.
Si eres abogado pero tienes una nutrida cuenta bancaria, también puedes buscarle la vuelta a la norma para conseguir los beneficios fiscales. Hace poco, La Voz de Galicia (será porque a los gallegos les toca muy de cerca y están sensibilizados con el tema) publicaba un reportaje que comenzaba diciendo: "En Portugal todo el mundo es bienvenido. Y si llega con una buena cartera, mejor". El diario explicaba que es más que una cuestión de hospitalidad. Aunque a simple vista el país aplica un tributación similar a la del resto de los territorios de su entorno, el silencioso pero creciente goteo de famosos y dueños de grandes fortunas que se hacen residentes revela la existencia de un atractivo régimen fiscal al que la consultora PwC se refiere como "el secreto fiscal mejor guardado de Europa". Y es que Madonna, el imán Aga Kahn IV o muchos rostros conocidos del universo Hollywood, todos ellos no comunitarios, han optado por solicitar el llamado visado dorado (golden visa), otra vía para vivir en el paraíso que disfrutan aquellos que inicien una actividad empresarial con al menos un millón de euros de inversión, o inviertan 350.000 euros en zonas de rehabilitación urbana o medio millón en cualquier otro lugar del país.
La oferta está servida. El malestar de algunos países, también. Finlandia, Suecia y otros estados ya han manifestado públicamente sus críticas a esta legislación y han comenzado a firmar acuerdos para que las autoridades fiscales del país de origen puedan gravar los ingresos de los pensionistas -otros de los grandes beneficiados de la exención-. De momento, el paraíso sigue abierto a los profesionales de alto valor añadido. Aquellos que dan caché al país, no como los abogados. Nunca me imaginé que, por ejercer el Derecho, me expulsarían del paraíso.
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