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23/04/2024. 19:45:29

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L.A.J.: crisis y posible solución

El sistema jurisdiccional español diseñado en las últimas décadas puede resumirse bajo el lema «unos pocos jueces, para unos pocos casos», y evidentemente chirría y no funciona. En nuestra modesta opinión, hay que sustituirlo por otro de signo contrario, acorde a la realidad social bajo el lema de la celeridad y «muchos jueces, para muchos casos».

En este sentido la crisis derivada de la situación de los Letrados de la Administración de Justicia (L.A.J.), puede ser un revulsivo para mejorar el sistema y la organización judicial, con la mira puesta en el beneficio de los ciudadanos, que es lo que realmente importa. Se resaltan en este sentido los siguientes aspectos:

 1.- España presenta un déficit importante en su número de jueces y mantiene un atasco monumental en la resolución de los casos judiciales.

2.- El procedimiento civil diseñado en el año 2000 está orientado hacia el conocimiento por el Juez desde el primer momento del asunto y, mediante su depuración, que el Juez conduzca, en lo posible, hacia un acuerdo a las partes, de tal modo que generalmente el proceso concluya mediante una transacción o, al menos, se simplifique notablemente la controversia. Para ello, la dirección del procedimiento desde el primer momento por el Juez, es esencial.

3.- Desde la reforma del año 2009, por contra, la dirección procesal ha pasado a los L.A.J., desdoblándose lo sustantivo y lo procesal, en nuestra modesta opinión, equivocadamente.

4.- Estos funcionarios ejercen además fundamentalmente las funciones de certificación y de disposición de las cuentas judiciales, gozando de importante experiencia y de notables conocimientos jurídicos, habiendo quedado liberados de la asistencia a las vistas.

Nuestra propuesta es dar a los L.A.J. que así lo quieran y tengan vocación para ello, la posibilidad de elegir convertirse en jueces, quedando aquellos que no quieran hacerlo como cuerpo a extinguir y cubriendo las vacantes que surjan mediante abogados por concurso, valorando fundamentalmente la vocación y experiencia práctica de los mismos.

Obviamente, siendo la principal reivindicación de los L.A.J. el percibo de un 85% de los emolumentos de los jueces, sus exigencias se verían cumplidas reconvirtiéndolos en tales y cumpliendo así unas eficaces funciones que el sistema judicial y, sobre todo, los ciudadanos, demandan sin ninguna duda.

Lógicamente, para ello habrían de crearse un gran número de juzgados, respecto de los cuales las distintas administraciones autonómicas, estamos seguros que para contentar a sus votantes, ofrecerán las instalaciones oportunas de las que disponen.

Por otro lado, las funciones de estos nuevos juzgados de proximidad abarcarían todas aquellas materias carentes de gran complejidad y necesitadas de solución rápida e inmediata por los vecinos y ciudadanos afectados, en su demarcación comarcal o de distrito respectiva, como pudieran ser, a modo de mero apunte: en el ámbito civil, juicios verbales; en el ámbito penal, juicios por delitos leves; en el ámbito administrativo, impugnación de sanciones; en el ámbito social, despidos… Sus resoluciones serían recurribles directamente ante los tribunales de instancia, descargándose así también a las Audiencias.

Por otro lado, las funciones de certificación y manejo de cuentas podrían descargarse en oficiales judiciales, con habilitación específica.

Sinceramente, pensamos, con toda humildad, que de este modo podría prestarse un gran servicio, por unos excelentes profesionales, a todos los ciudadanos, pues de esta manera mejoraría, en nuestra opinión, el funcionamiento del sistema judicial en nuestro país.

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