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27/04/2024. 03:06:49

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La indisolubilidad es una insensatez

Profesor de Investigación del CSIC

A. J. Vázquez Vaamonde

Los conceptos son entes de razón absolutos. A la razón no le repugna este carácter. Su colisión con la realidad no existe pues los entes de razón son de naturaleza irreal.

Pero  si un concepto irreal aterriza en un texto jurídico no puede sorprendernos que se produzca una paradójica colisión entre dos mundos inconexos: un concepto irreal y un texto jurídico que regula realidades. El art. 2. "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española…" es una petición de principio; si parte de España, un concepto político, se secesiona, como ya ocurrió en el pasado, el resto seguirá siendo España; salvo en aspectos menores: administrativos, geográficos y/o económicos en nada afectaría a su esencia.

La colisión entre conceptos presuntamente jurídicos y deseos la resuelve la realidad. Ninguna construcción humana es indisoluble. Muchas lo afirmaron por puros delirios de inmortalidad. Ni un solo país europeo  ha mantenido intactas sus fronteras en el último siglo. Las de África se inventaron a mediados del siglo pasado, como las de Oceanía. Las de Asia, más antiguas, también.

La guerra civil iniciada en España en 1808 se convirtió en América en una guerra de independencia. Losa españoles de América ganaron y echaron  a Fernando VII. Los de Europa perdimos y nos tragamos la Borbón malnacido. Pero en América, nadie respeto el acuerdo de mantener las fronteras de los virreinatos según el principio uti posidetis. No queda ni una frontera igual.

Y los USA, recién secesionados de Inglaterra, aplastaron  la secesión del Sur y luego le robaron a México todo lo secesionado de España. ¡Vaya viaje!.

Esta evidencia experimental demuestra lo sabido: la indisolubilidad, como todo concepto absoluto no cabe en el mundo real; es decir, el jurídico.

La referencia de la CE es una mera desiderata. Una declaración de indisolubilidad sólo significa, así hay que entenderla, una manifestación de la voluntad actual, extrapolada al futuro, de convivencia común.

Es la misma que embarga a los socios que se embarcan en una sociedad mercantil, no lucrativa, etc. o incluso la matrimonial, que siempre se inicia con ánimo perdurable; etc., Pero conscientes de la realidad, esa voluntad muda con el paso del tiempo: mudan las circunstancias, mudan las personas en su evolución natural, etc., es juicioso establecer una fórmula para que, si se produce la disolución indeseada, ocurra de modo amable y no modo violento, que es como, hasta ahora, se han producido casi todas.

La Unión Europea no prevé la posibilidad de que algún socio, tras beneficiarse de los fondos de cohesión, se vaya. Subyace la creencia de que lo indisoluble es indisoluble. Pese a todas las creencias, la realidad es como es.

Liberados de la concepción del Reino como finca del Rey, caímos en la ridiculez del romanticismo, reacción irracional ante la sensatez del racionalismo. Entre sus resultados, a nivel individual están los suicidios de jóvenes afectados por la lectura de las Desventuras del joven Werther, que hoy sólo producen muerte por aburrimiento. A nivel colectivo, los daños fueron peores. Frente al emergente humanismo surgido en la clase obrera de unidad de derechos de los seres humanos frente a la explotación liberal del que fue paradigma el slogan Uníos Hermanos Proletarios prevaleció la ridiculez de la defensa de la nación, I Guerra Mundial, que ocultaba la defensa de los que organizaban las guerras en la que nunca morían sus hijos.

El Volkgeist, el espíritu del pueblo, "insultada la nación alemana", reivindicó la "superioridad de la raza", y organizó la II GM. Hoy esa superioridad se llama "hecho diferencial". El que se considera igual no reclama "el hecho diferencial" y el que se considera inferior tampoco. Seamos realistas y resolvamos la ingrata convivencia con quien, porque se cree "diferente", nos considera inferiores en derechos.

Incluyamos en la CE un procedimiento racional para resolver el fin de una convivencia si tiene el mínimo respaldo democrático para tomarla en serio. El premio será librarnos del perpetuo chantaje del victimista que abusa de nuestra buena fe

La tarea no es sencillo ni en lo económico ni en lo político-jurídico. Por un lado habría que valorar la inversión del dinero común en la autonomía secesionista por exceso o por defecto respecto a la media para evitar enriquecimientos injustos.

Por otra parte el art. 167, CE exige 3/5 de ambas cámaras para modificarla. La petición para considerarla deberán apoyarla también 3/5 del Parlamento secesionista.

Como la CE es un acuerdo hecho por todos los españoles, que la votamos, y somos el asiento de la soberanía, sólo todo pueden ratificar lo que han aprobado sus representantes.

Los secesionistas, previsiblemente, rechazarán esta solución democrática. Su argumento, poco democrático, será: la minoría autonómica, los secesionistas, serían "víctima" de la "mayoría estatal". De hecho ninguna sociedad se puede disolver si lo quiere una minoría de accionistas.

Pero es mejor la tranquilidad a la eterna pendencia: un buen demócrata debe ceder a condición de que se respeten los derechos de los y de los individuos.

Para ello cabría establecer que las provincias que alcancen la mayoría de 3/5 se secesionen de España pero sigan siendo españolas aquella que no logren los 3/5. Sólo si no hay ninguna provincia con mayoría de 3/5, no habrá secesión.

Dentro de cada provincia, también se secesionarán los municipios que logre los 3/5, o seguirán siendo españolas los demás. Por último, cualquier ciudadano español de una provincia o municipio secesionado, tendrá un plazo para decidir si conserva su nacionalidad española o adquiere la del nuevo Estado en caso contrario.

            Quizá se produzcan algunos enclaves, pero ellos serían el mejor exponente de nuestro respeto a la libertad individual y colectiva y al derecho internacional. Pronto se cumplirán 300 años de otro enclave, Llivia, en medio de Francia, que nunca tuvo ningún problema en seguir siendo española.

Siguiendo en la consideración del derecho internacional, los ciudadanos y el nuevo estado secesionado – no así el Estado del que se secesionan – perderían todos los derechos que tenían en el estado del que no quiere ser parte, e. g. la ciudadanía europea, como pasó con los países ex novo de la URSS y tendrían que solicitar su admisión en las instituciones internacionales de que quisiera ser parte: UE, ONU, OTAN, Consejo de Europa, etc., en el caso de que les interesara

La libertad tiene un precio y la armonía otro. Nada hay intocable, menos aun la voluntad de convivencia. Forzar una convivencia que el otro no desea es insensato. Pero hay que demostrar que la mayoría no quiere convivir; no basta con afirmarlo.

Sobra gente de buena voluntad con quien compartir una convivencia leal, amistosa y de buena fe de modo gratificante todos y cada uno de los días del año.

Por otra parte, establecida una vía legal para la secesión es posible que sólo la quisiera una minoría bullanguera.

Descubrir una voluntad de convivencia donde unos pocos, falsamente, querían secesión, sería un premio a la libertad. Descubrir lo contrario también.

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