Aunque en los últimos años los progresos en el reconocimiento de los derechos humanos han sido notables, al menos en la parte del mundo en el que vivimos, todavía queda mucho camino que recorrer incluso en los países donde se han producido más progresos.
Finalizada la ilegalización de la discriminación por razón de raza permanece, sin embargo, la discriminación por razón de sexo que se manifiesta de muy diversas formas.
España tiene el orgullo de no haber sido de los últimos países europeos en reconocer la igualdad de derechos de la mujer cuando, con la inexplicable oposición de los socialistas porque "no era el momento", se aprobó bajo la II República la igualdad de derecho al voto que ejercieron por primera vez 6.800.000 mujeres el 19.11.1933. Su igualdad de derechos se vio limitada durante la dictadura militar pero bajo la monarquía actual la ha recuperado.
Sin embargo, son muchos más los derechos que ha conseguido en los últimos años, algunos de ellos simultáneamente con el varón que también carecía de ellos. El derecho al divorcio lo recogió la CE32 al establecer el divorcio por ley de 02.03.1932 y el matrimonio civil por Ley de 28.06.1932. Ilegalizado por Franco, lo recuperó Suárez por Ley de 07.07.1981 cuya última modificación hizo Zapatero (Ley 15/2005, de 08.07).
El derecho a la libre disposición de su patrimonio fue también un derecho recuperado. La Llei 19.06.1934 de la Generalitat mantenía el derecho de disposición patrimonial de la mujer casada, cosa que no hacía la ley de matrimonio civil que mantenía su subordinación pese a la declaración constitucional de igualdad de derechos.
El derecho al aborto fue objeto de múltiples leyes. Se inició con la Ley Orgánica 9/1985 y hoy está vigente bajo la Ley Orgánica 2/2010, siguen manifestaciones para abolirla.
El derecho a la reproducción asistida, Ley 14/2016, es la vigente tras numerosas leyes empezando por la Ley 35/1988 de 22.11 mantiene su contestación por sectores católicos.
El derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo se debió a Zapatero que lo legalizó por Ley 13/2005 de 02.07 fue declarada constitucional por la STC 198/2012 de 06.11.
El derecho a la reproducción asistida por vía subrogada, sin embargo, es ilegal en España. La Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 18.02.2009 reconoce la filiación de los hijos; la STS, 897/2016, de 19.10.2016 reconoce el derecho social a los beneficios por paternidad.
Hay múltiples los argumentos a favor y en contra de esta nueva fórmula natural de lograr ser padres y decimos natural porque todo lo que tiene que ver con ella respeta las leyes de la naturaleza, ¡leyes de imposible incumplimiento, cuyo ámbito de ejercicio viene del desarrollo de la ciencia y la tecnología a nuestros servicio. Hoy resultan cómicas las alegaciones contra el uso del éter en los partos alegando que la biblia decía "parirás con dolor". Cuando a la Reina y Jefe de la Iglesia anglicana le reprochó el Obispo por haberlo utilizado le respondio: "si fuera mujer diría otra cosa".
Pero la reina estaba equivocada. No era una cosa de mujeres sino de respeto a la libertad del hombre (mujer o varón) sobre el propio cuerpo que es lo más personal e íntimo que cabe concebir cuyo derecho de expropiación por terceros es injustificable y tampoco la limitación de su uso cuando de su ejercicio se producen beneficios a propios y a terceros.
Con argumentos ético se prohibieron derechos que respetan la ética suprema de la libertad. Así se expropió a los hijos extramatrimoniales de su derecho a la paternidad y a la herencia: no cabe premiar a los "hijos del pecado" a costa de los "hijos del sacramento". Es falaz la protección de la dignidad del cuerpo de la mujer prohibiendo que se alquile Todo contrato de trabajo no es más que un alquiler del cuerpo del hombre (varón o mujer).
Se consideró ética la subrogación nutricional por amas de cría, algo más común hace un siglo. El embarazo, ¡que no la maternidad! subrogado es un acto nutricio intrauterino del óvulo fecundado, cierto que más intenso que el que del ama de cría extrauterinamente, pero a diario aumenta el número de células del niño con su leche. Y se menosprecio al denominarlas mujeres- vasija a las subrogadas en el embarazo, las amas deberían llamarse mujeres-fuente.
Menos ético parece que el ama de cría prive a su propio dijo de lo que "vende" al ajeno. La embarazada subrogada no priva a nadie de ningún derecho. Nohay falta ética. No se reprocha falta de ética a los profesionales que iintervienen en este hecho cobrando por ello. Es un hecho ético positivo: genera un nuevo ser y felicidad para sus padres y, ojalá, al propio nacido, produce satisfacción a la madre subrogada tanta felicidad aunque se la indemnice por su colaboración y por los riesgo inherentes a un embarazo y un parto nada despreciables.
¿Sería ético si fuera una donante altruista o tampoco? ¿No habría enriquecimiento injusto de sus padres? ¿Es poco ético ser indemnizada por el riesgo no nulo por el embarazo y el parto? El negocio paralelo profesional en torno al embarazo subrogado o a las donaciones de órganos inter vivos o mortis causa no se considera falto de ética. Menos ético parece la "legal" expropiación de la patria potestad a una madre, ¿se protege el derecho de su hijo al expropiarle su madre?, porque está en paro y no puede mantener a sus hijos. Las ¿ONG? que cuidan y acaban "dando" en donación a esos hijos cobran unos 1.000 €/mes·niño de los PGE. Con ahorro para los PGE, ese dinero se le niega a la madre, podría mantener y proteger los derechos de su hijo mejor que esas "ONG caritativas", pero que cobran por su "caridad".
Se alega que el atropello lo sufrirán las mujeres pobres. ¡Esa es nuestra ética social! La vigente ley laboral, culmen de las precedentes, legaliza el contrato por días y aún por menos tiempo; el contrato de lunes a viernes para no pagar el sábado ni el domingo; el contrato docente de octubre a junio para ahorrarse tres meses de salario. Todos estos trabajadores, pobres sin duda, comercian con su cuerpo hasta la explotación. Ni trabajando todos los días logran recursos suficientes para subsistir aunque el art. 35.1 CE78 diga: Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo. y no olvidemos la realidad: las mujeres pobres, las que trabajan, cobran menos que los varones pobres, que hacen el mismo trabajo. Será ilegal pero ¿Qué pasa con la tutela judicial efectiva? El Presidente de una Patronal se justificaba: prefieren la explotación al paro. Toda una declaración de ética.
Estamos ante una nueva oposición a la libertad de la mujer.
Si se cree que lo hace obligada por las circunstancias la solución ética es modificar las circunstancias, que son la causa, no mantenerlas e ilegalizar las consecuencias. Así no habrá ninguna duda que quien se subrogue en el embarazo lo hará por caridad ¿cobrando como a las ONG caritativas que cuidan a los niños previamente expropiados de sus madres? Exigir a las mujeres pobres que sean más pobre, pero "más éticas", no parece muy ético
¿Qué pasaría si el marido, paga por tener relaciones sexuales con una mujer y la deja embarazada ¿habría ilegal alquiler gestante de su vientre o no ilegal alquiler sexual de su vagina? Si la embarazada renuncia al hijo indeseado, ¿sería "ética" esa gestación adulterina?
¿Se ilegalizaría la renuncia a la patria potestad de la madre gestante?
¿Se encarcelaría al padre adúltero, a la madre gestante y a la cónyuge consentidora?
¿Se les privaría de la patria potestad al adúltero y a su consorte por delincuentes?
¿Se daría al hijo a esas ONG caritativas que cuidar hijos expropiados a sus padres privados legalmente de su patria potestad, pero cobrando éticamente por ser caritativas?
Toda esta casuística ad nauseam nace de prohibir a la mujer la libertad de su cuerpo.
¿Es "ético" que la sociedad legalice la expropiación del uso de su cuerpo?
¿Habrá que ir a USA a tener hijos como se iba antes a Londres para no tenerlos?
El derecho ético a expropiar un terreno mantenido antisocialmente sin producir frutos termina indemnizando al propietario.
El "derecho ético" a expropiar el uso del cuerpo de una mujer, se le prohíben sus frutos y hacer feliz a una pareja estéril, termina ¿encarcelando o multando a la mujer?
¿Qué tiene la mujer que todos quieren prohibirle ejercer la LIBERTAD de su cuerpo?
¿Se reconocer o no como un derecho natural – ayudado de modo natural por el desarrollo tecnológico – poder llegar a ser madres o padres de un propio hijo biológico?
Por último, es una trivialización llamar maternidad subrogada al embarazo subrogado. Decía una amiga mía: 9 meses de embarazo y toda una vida de convalecencia. En esa vida de convalecencia consiste la maternidad; y en ella no se subroga nadie.