Dice el art. 16.2 CE: Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias. Pero todo derecho tiene su envés. En su aspecto jurídico, desde la época de los romanos, gente muy lista, donde el más tonto “sabía latín”, se dice a sensu contrario, que es el aspecto sinalagmático de todo derecho que, de no existir, sería un privilegio. La formulación de ese derecho podría ser: todos tenemos derecho a que nadie nos de la lata declarando su ideología, su religión, ni sus creencias.
Pero hay gente empeñada en no hacerlo alegando, con una interpretación falaz, que la Constitución exige respetar las ideologías, religiones o creencias. Eso no es cierto ni puede serlo nunca; es evidente que hay creencias religiones e ideologías absoluta y objetivamente nada respetables sino delictivas. Otra cosa es respetar, a título personal, a los seres humanos, crean o no en los más variopintos extraterrestres; pero eso no es una exigencia constitucional, lo exige la buena educación.
Nadie tiene patente de corso para seguir imponiendo lo que, a sensu contrario, no permite la Constitución. Pero los expertos en trampas saduceas, enredan a los simples; dicen:
- todas las tradiciones son respetables.; Falso; hay tradiciones por las que se mutila a las mujeres; eso es un delito contra más del 50 % de los seres humanos;
- todas las religiones son respetables. Igualmente falso; hay religiones que discriminan a las mujeres por su sexo prohibiéndoles el acceso al poder dentro de su comunidad religiosa, reservado a los varones; algo indecente e inconstitucional; en resumen, delictivo.
De igual jaez es la falaz inducción al delito que promueven algunos jerarcas de creyentes en extraterrestres que incitan a los médicos de la Sanidad Pública a incumplir la ley. Si ésta establece el derecho a que se le practique la interrupción del embarazo, ningún empleado público, con contrato funcionarial, estatutario o laboral, puede negarse a ello.
El presunto derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto, art. 16.1 CE, no es aplicable al caso. Ninguna de esas libertades se ve afectada. Aquí hay un contrato bilateral y un cumplimiento del compromiso laboral libremente subscrito entre las partes.
El otro artículo de la CE, art. 14, fundamento de la esencia de la convivencia respetuosa dice: los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La gente respetuosa con los demás satisface esta exigencia en su haz y en su envés, que, a sensu contrario, dice: ningún creyente puede "discriminar a nadie" por razón de "su" nacimiento, "su" raza, "su" sexo, "su" religión, "su" opinión o cualquier otra condición o circunstancia social que concurra en "ese creyente".
Ser médico en la función pública es una opción voluntaria que implica el compromiso de ciertas actividades. Éstas son las mismas para todos los profesionales, Nadie tiene privilegios personales por ninguna condición personal o social, tal y como dice el art. 14 CE. Menos aun por razones, creencias que, art. 16 CE, pertenecen al fuero íntimo.
Por ello, todos tenemos derecho a que nadie nos vierta sus intimidades y, menos aun, tras ese atropello, las convierta en coartada para incumplir su contrato profesional de servicio público, lo que es una doble violación, a sensu contrario de los artículos citados.
Para quien niegue la evidencia no cabe otra opción seguir el razonamiento socrático de la mayéutica. Ése al que los matemáticos llaman "por reducción al absurdo". Consiste en suponer que una hipótesis es cierta y seguir el desarrollo lógico hasta sus últimas consecuencias. Si de ello resulta un disparate, está claro: la hipótesis es falsa.
Partamos, pues de esa tesis: mi conciencia me impide hacer mi trabajo, y la constitución me protege el derecho de cobrar pero no a cumplir con esa tarea intrínseca.
Sea el caso de unos militares que, tras haber ingresado voluntariamente en la Academia, en dura competición, son entrenados en el uso de todo tipo de instrumentos mortíferos para defensa de la patria pero se niegan a ir a la guerra porque el quinto mandamiento, o el que sea en su religión, les impide matar a un semejante, lo que no obsta para que exijan su derecho a que el Ministerio de Defensa les pague sus sueldos, aunque ellos incumplan con las tareas propias de su puesto de trabajo porque, de lo contrario, se estarían atropellando "sus creencias". No creo que nadie defienda esa insensata pretensión.
Sea el caso de unos abogados que tras haber decidido ser jueces y haber ganado su oposición en buena y dura lid, se negaran a dictar sentencia porque su religión tiene un precepto que establece: "no juzguéis y no seréis juzgados" y ellos, por problemas de conciencia, no pueden incumplir esos preceptos, lo que no obsta para que exijan su derecho a que el Ministerio de Justicia les pague sus sueldos, aunque ellos incumplan con las tareas propias de su puesto de trabajo porque, de lo contrario, se estarían atropellando "sus creencias". No creo que nadie defienda esa insensata pretensión.
Sea el caso de un judío y un musulmán que deciden ser bomberos. Tras los exámenes correspondientes son admitidos pero cuando les toca apagar un fuego, el judío deja de hacerlo cuando se pone el sol el viernes, aunque con ello se queme la gente que está en la casa ardiendo; por su parte, el musulmán, abandona el servicio cada vez que le toca hacer las cinco oraciones preceptivas del día a las que le obliga el extraterrestre en el que cree, dejando mientras que en la casa se muera abrasada la gente, lo que no obsta para que, uno y otro, exijan su derecho a que el Ayuntamiento les pague sus sueldos, aunque ellos incumplan con las tareas propias de su puesto de trabajo porque, de lo contrario, se estarían atropellando "sus creencias". Nadie defienda esa insensata pretensión.
Respeto al compromiso adquirido, inherente al puesto de trabajo libremente elegido. Eso es lo que se exige en el entendimiento de las leyes a la gente, crea en los extraterrestres que crea y les hayan revelado lo que les haya revelado. Respeto y decencia personales.
Sea una persona de una religión contemplativa que le exige estar todo el día en plena contemplación; en la India hay muchos que, además, lo hacen a la pata coja. Como ha ganado su oposición de Abogado del Estado no puede evacuar ningún informe porque si se está en situación contemplativa no se pueden evacuar informes lo que no obsta para que exijan su derecho a que el Ministerio de .Justicia les pague sus sueldos, aunque ellos incumplan con las tareas propias de su puesto de trabajo porque, de lo contrario, se estarían atropellando "sus creencias". No creo que nadie defienda esa insensata pretensión.
A los fariseos, el hijo del extraterrestre en el que creen los que incitan a los médicos a conductas ilegales se lo dijo muy claro: " Farsantes, Muy bien profetizó de vosotros Isaías diciendo: ese pueblo me honra con los labios, más su corazón anda muy lejos de mi; es vano el culto que me rinden enseñando doctrinas, preceptos de hombres (Mt. 14,7-9).
Ser médico, juez o militar es una decisión que implica aceptar un compromiso bilateral voluntario. Nadie, art. 14 y 16, puede ser forzado a ello, si ello contradice sus creencias, opiniones o religión. Pero, mutatis mutandis, nadie puede alegar sus creencias, opiniones o religión para incumplir el contrato libremente aceptado. Pretender lo contrario, con argumentos constitucionales es, más que otra cosa, una tomadura de pelo.
El Gobierno no tiene, como decía Mari Pepa en la Verbena de la Paloma "lo que hay que tener": las ideas claras. Se mete, y nos mete a todos, en esa sinrazón en que estamos Su exponente más escandaloso fue el de los profesores de religión hasta que un juez canario ¡laus Deo!, demostró tener sentido común y ha empezado a llevar las cosas a su seno.
Mientras tanto, contemplando la actuación del Gobierno, recordamos el lamento medieval del Mío Cid: "que buen vasallo -sería este pueblo español- si oviese buen señor".