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29/03/2024. 14:54:40

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Los Procuradores y el “clavo ardiendo” de las ejecuciones civiles

Vicepresidente de ANEES

La expresión “agarrarse a un clavo ardiendo” hace referencia a la actitud de quien ante una situación de peligro o amenaza es capaz de usar cualquier argumento para mantener su situación, más allá de toda lógica. Tiene su origen en la época de la Inquisición, en la que para comprobar la culpabilidad de una persona se le hacía coger un hierro al rojo vivo: si no se quemaba la mano era inocente…

Los Procuradores de los Tribunales son profesionales licenciados (o graduados) en Derecho, que asumen la representación de los ciudadanos ante los Tribunales de Justicia.

Desde hace ya muchos años, mientras los Procuradores desempeñaban sus funciones diariamente en los Juzgados, los dirigentes de este colectivo han estado preocupados por la continuidad de su cuerpo, ante la constante amenaza de desaparición; agarrándose a cualquier clavo ardiendo para mantener su estatus decimonónico.

El miedo es entendible, ya que se trata de una figura extinguida en la mayoría de los países de nuestro entorno. La propia Comisión Europea ha puesto de manifiesto que tanto la normativa sobre el arancel de Procuradores como la regulación de la incompatibilidad de las profesiones de Abogados y Procuradores, es contraria al derecho comunitario. Además, herramientas como LexNet, ponen en duda la necesidad de que las leyes procesales exijan la obligación de Procurador en la mayoría de los procesos civiles.

Lo cierto es que estamos exigiendo a los ciudadanos hacerse defender por un profesional, el Abogado, y hacerse representar por otro, el Procurador, cuando además impedimos que un mismo profesional pueda ejercer ambas funciones, como ocurre por ejemplo en la Jurisdicción Social, en la que el Abogado o Graduado Social asume tanto la defensa como la representación de su cliente. La compatibilidad de ambas funciones permitiría a los Procuradores integrarse en despachos de Abogados y viceversa, y evitaría que el particular deba pagar a dos personas por el trabajo que puede hacer una sola.

Sin embargo, el Consejo General de los Procuradores ha evitado siempre esta solución en una huida hacia adelante buscando nuevas funciones que puedan justificar la pervivencia de su figura de manera autónoma.

Así arrancó el proyecto de “Subasta Procuradores”, en el que, según informó el propio Presidente del CGPE, bajo el nombre de estos profesionales, una empresa privada valenciana designada por el propio Consejo General de Procuradores gestiona las subastas extrajudiciales de dicho portal, en los asuntos que se les asignan en la creencia de un carácter semipúblico del que carecen.

Siguiendo en esta línea, buscando otro clavo al que agarrarse, recientemente los Procuradores han solicitado que se les encomiende la ejecución civil, en exclusiva y con exclusión del resto de entidades especializadas que al amparo de lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la Ley Concursal intervienen en estos procesos. Pretenden que en régimen de monopolio, siendo profesionales privados, la Justicia española deje en sus manos la labor que actualmente hacen Jueces, Letrados de la Administración de Justicia y funcionarios de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio. Esta solicitud, a la que se ha opuesto frontalmente el principal sindicato de funcionarios, ha provocado que las asociaciones de Letrados de la Administración de Justicia se levanten de la mesa de trabajo que se había organizado en el Ministerio sobre la reforma procesal.

Por otra parte, en los procesos civiles lo usual es que haya al menos dos Procuradores, representado cada uno a una de las partes. ¿Cuál de ellos pretende encargarse de la ejecución? ¿Puede quien representa a una parte y es pagado por ella asumir las funciones ejecutivas en un juicio? ¿No debe ser el juzgado, servido por funcionarios públicos y auxiliado en su caso por una entidad especializada imparcial quien se encargue de las ejecuciones?, ¿O el plan es que el Consejo de Procuradores consiga las ejecuciones para asignárselas a otra entidad privada como hicieron con las subastas?

Desde la Asociación Nacional de Entidades Especializadas (ANEES) formada por entidades que llevan casi tres décadas colaborando con la Administración de Justicia, nos sorprende que para “recolocar” a estos expertos en derecho procesal se acepte su reconversión, de la noche a la mañana, en expertos en gestión de activos industriales e inmobiliarios, y más preocupante todavía, se pueda remotamente  pensar que dicho colectivo, en una situación monopolística, pudiera ostentar la responsabilidad de organizar las ejecuciones civiles en España. Incluso, como parece está ocurriendo,  valerse de su buen nombre en el proceso para que una empresa privada intente tener la exclusiva de la venta y subasta de activos en los procesos judiciales españoles.

Los Procuradores son magníficos profesionales que sabrán adaptarse y no necesitan del clavo ardiendo que ahora buscan sus representantes. Eliminen la incompatibilidad de ser simultáneamente Abogado y Procurador y dejen que el propio mercado regule el ejercicio de estas profesiones. Como dijo Charles Darwin, los que sobreviven no son los más grandes ni los más fuertes, sino los que se adaptan mejor a los cambios.

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