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20/04/2024. 06:24:31

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Un abandono de 39 años y la ¿justicia? Universal

Abogada especializada en Derecho de Extranjería

Isabel López Ramos

El Estado español tiene una cuenta pendiente con el pueblo saharaui. Cuenta que no pagamos y que sólo la Justicia puede saldar.

Sé que no es la más popular de todas las materias dentro del Derecho, pero la Extranjería es, quizá, la más desesperante en cuanto a práctica se refiere. Primero, porque no hay conexión entre lo legislado y las situaciones de la vida real en casi todos sus puntos; segundo, porque existe una marginalidad en cuanto a los sujetos pasivos que no provoca mucho interés en el resto de la sociedad, por desconocimiento y desinformación, principalmente.

En el caso de los ciudadanos del Sáhara, la marginalidad se convierte en invisibilidad, directamente.

El Sáhara Occidental fue colonia española hasta el año 1975. Sobre la base de los Acuerdos de Madrid, España repartió ese territorio entre Marruecos y Mauritania. Esos Acuerdos fueron declarados nulos y Naciones Unidas considera que España sigue siendo la potencia administradora del Sáhara de iure aunque no ad hoc. Por tanto, tiene la obligación de procurar el bienestar de sus habitantes y su protección hasta que finalice la descolonización.

El pasado 15 de marzo entró en vigor la reforma de la Ley de Justicia Universal; como consecuencia, el asesinato de varios ciudadanos saharauis -uno de ellos con pasaporte español- a manos de fuerzas marroquíes en el desalojo de uno de los campamentos de refugiados donde viven, es una causa que puede ser archivada. Así ocurre, en función de esta Ley, con casos en fase de instrucción e incluso con el juicio oral señalado; están siendo sobreseídos por falta de competencia de la Audiencia Nacional, ante la perplejidad de los querellantes de esta causa, que argumentan el Principio de Territorialidad, ya que el último genocidio cometido contra este pueblo -bombardeado con napalm y otras sustancias prohibidas a manos del Reino de Marruecos- se produjo en 1975, cuando aún era territorio español, antes de caer en el limbo en el que llevan casi 40 años.

España se ha postulado a favor no precisamente de los saharauis; el dinero que se envía a Marruecos desde instituciones europeas para luchar contra la emigración irregular se usa para mantener el llamado Muro de la Vergüenza, construido en pleno desierto del Sáhara, donde se acotan los campamentos de refugiados en los que un pueblo entero, supuestamente español, vive desde hace décadas.

En nuestro territorio la situación mejora en el aspecto humanitario para los ciudadanos saharauis que han conseguido llegar hasta aquí; pero no sucede así en cuanto a derechos para aquellos que tienen abuelos y padres con DNI español, puesto que esto no les sirve para regularizar su situación administrativa, como ocurre con otros extranjeros. Éstos son los saharauis, una cuenta política e histórica pendiente; nadie sabe dónde colocarlos salvo en el mapa. En pleno desierto.

Entre los casos más sangrantes que me he encontrado últimamente en relación con estos ciudadanos están el de una chica que lleva más de 20 años en España y ha sido trasplantada de riñón dos veces, y el de un señor que solicita el estatus de apátrida.

En el primer caso, a causa de la grave enfermedad que sufre esta joven, solicitamos la autorización de residencia por razones humanitarias. Al no tener "papeles", nuestras leyes la obligan a volver a su lugar de origen y, por la reforma de la Ley de Sanidad, le deniegan el derecho a la asistencia sanitaria. Este hecho suponía que la vida de esta persona corría tanto peligro que sin el tratamiento que, obviamente, no se le puede proporcionar en un campamento de refugiados, fallecería en pocos días.

Cuando presenté la demanda solicitando este permiso por circunstancias humanitarias y la fecha de la vista fue señalada para 5 años después… hube de cargarme de fe, y no precisamente en la Justicia.

Si una figura establecida en la Ley de Extranjería, como es la autorización por circunstancias excepcionales y causas humanitarias, no cubría a esta persona, sólo faltaba echar "tipex" al texto legal.

Finalmente, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid consideró que la joven sí tiene derecho a la autorización de residencia, derecho que Delegación de Gobierno le denegaba por entender que pudiera ser que la enfermedad viniese implícita en el ADN de la saharaui.

El segundo caso, aún sin resolver desde el año 2010, aplazada varias veces la votación y el posterior fallo de la sentencia por la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso Administrativo), es, en parte, fruto del desconocimiento y del temor a abrir la puerta a los saharauis en España.

Argelia documenta a estos ciudadanos con un pasaporte, sin basarse en ningún Acuerdo Internacional válido. Ya son 82 países del mundo los que reconocen que la República Árabe Saharaui es un Estado independiente. La Audiencia Nacional lleva desde 2010 solicitando a la Embajada de Argelia por medio de exhortos que informen a la Sala sobre si este ciudadano posee nacionalidad argelina o, en su caso, que indiquen las causas que lo impiden.

Desde hace cuatro años, y a expensas de las autoridades argelinas, que ni siquiera contestan a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, esperamos la resolución: una sentencia que diga que no, que los ciudadanos saharauis no son argelinos, ni marroquíes, ni portorriqueños, ni ucranianos. Porque son españoles mientras el conflicto siga sin resolverse, como bien apunta la ONU. Y, por tanto, son responsabilidad del Estado español.

Pero si las sentencias de Apatridia prosperan, España tiene obligación de dar nacionalidad a quien no la tenga. Y eso da mucho más miedo que las vallas de Melilla o las pateras. Porque son más y porque tienen el Derecho de su lado.

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