LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

23/04/2024. 12:54:03

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Xenofobia matrimonial

Profesor de Investigación del CSIC

A. J. Vázquez Vaamonde

La gente nace soltera, esa palabra es sinónimo de suelta. Sólo porque le conviene, se somete voluntariamente al yugo matrimonial. En el pasado era casi una exigencia social. Hoy día, libres de nuevo, las opciones de convivencia son múltiples.

Se trata de uniones de conveniencia, cada una con sus ventajas e inconvenientes legales, sociales, económicas, afectivas y sexuales. La constitucional es el matrimonio civil; en determinadas circunstancias los matrimonios religiosos pueden tener reconocimiento civil. Pro sin duda el más irrevocable es el matrimonio hipotecario: lo que el banco une con una hipoteca no hay dios que lo separe.

Recuperado el secular valor civil del matrimonio, tras 15 siglos de hipoteca eclesiástica, los prejuicios de los creyentes en extra terrestres aun impregna el subconsciente de ciudadanos, de políticos y, lo que es más grave, hasta de los fiscales y jueces.

El matrimonio no tiene fines, es un medio voluntario de realización personal. No está obligado a pretender la procreación; ni para difundir la creencia en extraterrestres; no nace de perjuicios sexuales de creyentes en los infiernos, a los que se recomendaba: "más vale casarse que abrasarse" como remedio a la concupiscencia. Es una decisión libre contraría, por cada parte, por la conveniencia que tiene para cada una y que, lo normal, no será la misma para cada parte. Se dice así que es un acuerdo de voluntades.

Quien quiera casar por razones sexuales o extraterrestres es muy dueño de hacerlo. Lo que ya no puede es imponer "sus prejuicios" a nadie. Los demás somos libres y dueños de nuestra vida y de nuestras decisiones.

El Código Civil prohíbe la exigencia del "débito conyugal": "la condición, término o modo del consentimiento, se tendrá por no puesta", art. 45.2 CC. Más aun, el Código Penal declara delito su "exigencia": "El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, con violencia o intimidación será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cuatro años", art. 178, CP. Algunos códigos canónicos lo mantienen, ¿inconstitucionalmente?, bajo amenaza de nulidad matrimonial

Que el matrimonio sea de "conveniencia de los contrayentes" no es ninguna de las cinco causas de su nulidad del art. 73 CC: "Es nulo cualquiera que sea la forma de su celebración:1.- El matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial. 2.- El matrimonio celebrado entre las personas a que se refieren los artículos 46 y 47, salvo los casos de dispensa conforme al artículo 48. 3.- El que se contraiga sin la intervención del Juez, Alcalde o funcionario ante quien deba celebrarse, o sin la de los testigos. 4.- El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento. 5.- El contraído por coacción o miedo grave".

La acción para pedir la nulidad, art. 74 CC: "… corresponde a los cónyuges, al Ministerio Fiscal y a cualquier persona que tenga interés directo y legítimo en ella salvo lo dispuesto en los artículos siguientes" solo puede pedirse por esas cinco causas.

Un entretenida película norteamericana de Robert Prosky, distribuyó un mensaje fascistoide y nacionalista "Matrimonio de conveniencia", que ha provocado el estrago del sistema judicial

Una inconstitucional directiva ¡cuyo fundamento del concepto del matrimonio no es el Código Civil, sino nada menos que Modestino!,  ha puesto en vigor la Inquisición para prohibir "la conveniencia" con la que se casan dos personas, pero sólo si una es española. El auto-nombrado inquisidor se dedica a atropellar la Constitución en busca del "verdadero ánimo matrimonial".

El matrimonio entre homosexuales, tan legal como cualquier otro que tenga "verdadero ánimo matrimonial" tampoco cumple con las expectativas de Modestino. Sigamos el consejo evangélico: "Deja que los muertos entierren a sus muertos",Lc. 9,60. Modestino, además de muerto, está enterrado; no lo exhumemos ahora.

¿Quién inventó esa entelequia?: el inquisidor. ¿Donde consta?: en la mente del inquisidor. ¿En qué consiste?: en lo que el inquisidor quiera. Disfrazada de "concepto jurídico indeterminada"  permite atropella la intimidad del cónyuge extranjero. Se le somete una inquisición obscena para saber si tuvo o no relaciones sexuales post-matrimoniales. Por el sumidero se va el art. 18.1 CE "Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen".. Todo por ser extranjero.

Todo es pura xenofobia. El CC estableció ciertas condiciones para reducir el plazo de adquisición de la nacionalidad española vía matrimonial. Roma locuta, finita disputa. Es tan legítimo adquirir por esa vía la nacionalidad española como adquirir "el patrimonio" casándose con la hija/el hijo del Jefe. Puede estar mal visto; de hecho se habla de "una vendida" o de un "braguetazo", calificación despectiva de ese matrimonio, pero ningún inquisidor averigua si matrimonian por el" patrimonio" para declararlo nulo por no tener el "verdadero ánimo matrimonial" de Modestino. Poco "verdadero ánimo matrimonial" tiene quien se casa in artículo mortis. El ánimo claro es legítimo  pero patrimonial Si el cónyuge in artículo mortis tenía un "discreto" patrimonio ambos pasan a mejor vida, el fallecido del lado de allá, el cónyuge supérstite del de acá. Modestino aceptaba este matrimonio.

Ahora que tantos españoles quieren dejar de serlo, debiera haber una acción política de agradecimiento a los que sí desean serlo. Sin duda serán mejores españoles.

Por otra parte, su incorporación como ciudadanos españoles, además de su derecho, es un notable beneficio económico en relación con los demás trabajadores inmigrantes:

  1. llegan a una edad en la que están en disposición de producir riqueza sin haberle costado nada al Estado en concepto de alimentación, educación, cuidado sanitario, etc, durante más de un cuarto de siglo de su infancia y adolescencia; pretenden quedarse en España; eso indica que su proyecto es invertir sus ganancias aquí
  2. lo que beneficia nuestra economía, y no tanto dedicarse a enviar divisas al extranjero que, siendo su derecho, perjudica nuestra balanza de pagos

Hace miles de años la humanidad era trashumante y no había fronteras: la tierra era de todos. Ahora la globalización vuelve a declarar que la tierra es de todos. Seamos sensatos. Descansen en paz Modestino, la Inquisición y viva la Constitución vigente.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.