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28/03/2024. 11:49:56

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El nuevo “single market tax”

Head of Tax de LG Electronics España

El pasado 27 de mayo la Comisión Europea presentó una propuesta de presupuesto de 750 mil millones de euros como plan de recuperación de los países miembros frente a la crisis del covid19, que destinaría a los mismos y que en la práctica se ejecutaría mediante el aumento del techo de gasto. Se trata de una medida de estimulación económica sin precedentes para la que la UE ha decidido pedir prestado dinero a los mercados.

Bandera UE y una moneda de euro

Tanto Johannes Hahn, Comisario de presupuestos de la UE, como la Presidenta de la Comisión Ursula von der Leyen, apuntan a la creación de nuevos impuestos por parte de los Estados como medida para el pago de la dicha deuda, y que de crearse, se sumarían a otros que ya era fuentes directas de financiación de la UE. Véase el IVA, los derechos de importación y los impuestos sobre emisiones de gases.

Este enfoque tendría varios propósitos como sería evitar diezmar el propio presupuesto de los estados mediante el aumento de sus contribuciones directas para saldar la deuda adquirida a su vez con la UE, mantener la perspectiva del actual y próximo contexto económico de tendencia a la recesión, y fomentar el robustecimiento de los recursos y estrategias de los estados de los que se espera mayor independencia de la intervención de la UE en futuras crisis. Nuevamente en palabras de Johannes Hahn, se plantea como una medida temporal con carácter de inversión.

El plan de la Comisión Europea contempla alcanzar un acuerdo firme con los Estados Miembros al menos sobre la base y principios de la actual propuesta en 2021, la exigencia de medidas individuales locales de los Estados, comenzar a obtener ingresos a cuenta de estos impuestos en 2027, y fechar en 2028 las primeras amortizaciones de la deuda inicial con los mercados.

Entre las ideas sobre nuevos impuestos que contempla la Comisión destaca el denominado como «access fee». Aún en debate dentro de la propia Comisión, se plantea a priori como una tasa que las grandes multinacionales tendrían que pagar de manera anual por los beneficios obtenidos al operar dentro del mercado interior. Entienden que el acceso a una base amplia de consumidores, una continua cadena de suministro y el uso de la misma divisa conlleva un ahorro de costes que solo obtienen grandes multinacionales.

Más en línea con las políticas prioritarias de la UE, se valora un impuesto sobre el carbón, sobre el plástico de un solo uso o el impuesto digital europeo entre otros. Precisamente un día más tarde la propia Comisión Europea presentó su propuesta de Directiva para reducir algunos tipos de plásticos y su impacto medioambiental negativo en la que se prevé gravar a los estados 0,8 euros/kilo de plástico no reciclable, lo que en sí no inhibe de la producción del plástico si no de la producción del no reciclable. Se espera de este impuesto que sea una fuente de financiación de la UE estable repitiendo el caso de los Impuestos sobre el Tabaco que en su momento pudo afectar a los precios pero no fue causa de una menor venta del producto. Si bien todo ayuda en el proyecto de una Europa limpia, parece que la prioridad recaudatoria evidencia la verdadera vocación de la propia UE.

Por su parte, el 2 de junio el Ministerio para la Transición Ecológica de España publicó su borrador sobre la Ley Residuos y Suelo Contaminado en el que incluye un nuevo impuesto sobre envases de plástico no reutilizable tras un periodo de consulta pública iniciado en febrero de 2020. En este último documento se apuntaba al objetivo de inhibir el consumo de estos materiales, así como evitar su abandono en el medio ambiente y generar una llamada a la innovación de la industria hace la creación de productos alternativos y sostenibles con el medio ambiente. Este impuesto gravaría la importación, adquisición comunitaria y fabricación de este tipo de envases con destino final mercado español, sin embargo a 0,45 euros/kilos (0,35 euros menos que importe previsto por EU). Toda vez que el territorio final sea otro o que el destino final sea de uso médico o siendo para uso determinado no alcance un peso, el sujeto pasivo quedaría exento. Esta medida es un paso al frente hacia el aumento de la recaudación y más tímido acercamiento a la reducción del consumo. Como ocurrió con el tabaco, su menor venta tuvo más que ver con la concienciación sobre la salud que sobre el precio final.

Volviendo al ámbito de la UE, se insiste que este futuro marco fiscal europeo pretende apoyarse sobre el músculo financiero empresarial a la vez que se encaja con el programa político de la UE, verde y digital, y que en su intención está no afectar a los ciudadanos o consumidores finales. Deberemos esperar al acuerdo final y a partir de ahí a las medidas fiscales locales y al efecto de las misma en los mercados y consumidores locales. En España, ya habría un Anteproyecto de Ley de Servicios Digitales y sobre Servicios Financieros, y el debate sobre el Impuesto a las Grandes Fortunas se ha abierto recientemente, a los que se une el Impuestos sobre los envases de plástico de un solo uso. Habrá que prestar atención también a la política comercial.

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Por lo tanto, este blog nace con la idea de tratar desde un punto de vista práctico, crítico y ameno todas aquellas novedades fiscales que tienen lugar en el ámbito internacional que afecten o puedan acabar afectando a nuestro sistema fiscal español, y por tanto, a empresas españolas con presencia internacional o empresas extranjeras con presencia en España. Igualmente, el propósito de este blog es comentar y compartir con todos los lectores aquellos trabajos, estudios o artículos preparados por universidades y periódicos extranjeros especializados en fiscalidad internacional que aporten un punto de vista adicional y diferente a las fuentes tradicionales.