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BLOG DE FISCALIDAD INTERNACIONAL

No-news no son Good-news

International Tax Advisor

Tarde del domingo 20 de diciembre de 2020, cinco grados en Luxemburgo y el virus a sus anchas por aquí. No hay mucho mejor plan: café y me dispongo a preparar mi último post del año.

Faltan diez días para ver los efectos del mayor divorcio de la historia, el brexit ¿no-deal? El Parlamento Europeo consideraba la medianoche de hoy la fecha límite para poder alcanzar un acuerdo que pudiera ser ratificado antes de que termine 2020 (que ya era hora).

Actualizo las noticias. No-news no son good-news.

“Estos son mis plazos límite, pero si no le gustan, tengo otros”.

El pasado 31 de enero se hacía efectivo el brexit, pero se extendía un necesario régimen transitorio hasta final de año.

Hasta entonces la normativa comunitaria seguiría resultando de aplicación en las relaciones con la UE: se continuaría tratando a Reino Unido como país comunitario a efectos de IVA y la aplicación de las directivas y reglamentos fiscales de la UE, incluyendo la unión aduanera. Y antes de que acabara el año sería necesario llegar al deal que configuraría las relaciones a partir de 2021 en adelante.

Pero han ido pasando los días y los meses, y se han ido cumpliendo los distintos plazos super-limite marcados por la UE para llegar a un acuerdo. No-news.

Los del 10 de Downing Street están jugando a una “estrategia de presión de tiempo” en la negociación, esperando que a los cuadriculados europeos les puedan los nervios ante el inminente caos y descontrol.

Aunque no debería resultar un gran problema, la política pesquera parece que es el último punto de conflicto. Reino Unido se ha plantado y dice que es la UE la que tiene que ceder, al tic tac de la cuenta atrás.

Actualizo noticias. Colas de camiones de decenas de kilómetros para acceder al eurotúnel.

El “efecto 2021”

Todos recordareis el esperado “efecto 2000”, por el que se teorizaba acerca de que los sistemas informáticos podrían colapsar con la entrada del primer nuevo año del milenio. Nunca visto, por cierto.

Pues ahora estamos a las puertas del “efecto 2021”: a partir de las 00:00 del próximo 1 de enero cambian totalmente las relaciones comerciales con Reino Unido:

  • Fiscalidad directa: Aquí ya nos hemos pasado el juego. Desde hace años se han venido revisando las estructuras con presencia británica para que salgan bien guapas en la primera foto de la era post-brexit. Ya no hay matriz- filial, ni régimen especial de neutralidad fiscal, ni demás beneficios previstos en las directivas. Tiramos de los convenios para evitar la doble imposición, y a esperar a ver que nos ofrece Boris con su nueva e independiente política fiscal.
  • Fiscalidad indirecta y aduanas: El país pasa a ser considerado un territorio tercero a efectos de IVA y queda fuera de la Unión Aduanera. Sin acuerdo, las relaciones entre el Reino Unido y la UE se regirán por las normas de la Organización Mundial del Comercio. Y aunque conocíamos que en teoría esto era una posibilidad, no era lo esperado.

La consecuencia es la avalancha de movimientos de mercancías en estos días, planes de contingencia improvisados (para los rezagados), y muchas -muchísimas- dudas e incertidumbre sobre el nuevo escenario.

Actualizo noticias. Europa cancela conexiones con Reino Unido tras detectarse una nueva mutación del Covid -19 super-contagiosa. Bueno, España no, pero estad tranquilos porque para eso tenemos nuestro comité de expertos.

La frontera irlandesa

Históricamente los ingleses se han ganado la fama de abusones. De sus mayores sufridores, los irlandeses. Durante siglos se disputaron el suelo de la isla de Irlanda. Hoy se encuentra políticamente dividida en dos, Irlanda e Irlanda del Norte (Reino Unido).

No ha sido una frontera pacifica, en los años 60 surge el conflicto norirlandés (“The Troubles”), en el que los protestantes defensores de los lazos con Reino Unido se enfrentaron a los independentistas irlandeses católicos, llegando a provocar miles de muertes.

La paz llega con el acuerdo de Viernes Santo, firmado en Belfast en 1998, bajo la condición de “la ausencia de barreras físicas en la isla” entre ambos países, Irlanda y Reino Unido. Hasta ahora, con la existencia del mercado único, la libertad de movimiento y la unión aduanera, este requisito se cumplía.

¿Y esto como encaja esto con el brexit?

Aun a día de hoy, existen tensiones derivadas del conflicto, y la imposición de aduanas y controles en la frontera podrían favorecerlas.

La solución inicial acordada es el Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte, que forma parte del Acuerdo de Retirada, por el que Irlanda del Norte seguirá sujeta a la legislación de la UE sobre el IVA para las operaciones con bienes con el fin de evitar una frontera firme.

Como consecuencia, surge un sistema de IVA dual en Irlanda del Norte. Todo mi apoyo a nuestros colegas pelirrojos.

En esta línea, se ha aprobado la Directiva (UE) 2020/1756 del Consejo de 20 de noviembre de 2020 relativa al sistema común del IVA en lo que respecta a la identificación de los sujetos pasivos en Irlanda del Norte, para la identificación de forma separada de las operaciones con bienes situadas en Irlanda del Norte estén sujetas a las disposiciones del Derecho de la Unión sobre el IVA, frente a los que las realicen a efectos del IVA en el Reino Unido.

Actualizo noticias. Los británicos arrasan las tiendas por miedo a posibles desabastecimientos. @netflixES 2020 os está dando muchas ideas para nuevas producciones.

El perro se ha comido mis deberes

Ahora el perro se llama Covid.

Haya deal o no, se organice mejor o no, o haya sido una buena idea o no, al gobierno británico no le ha venido mal del todo el timing de su salida efectiva de la UE coincidente con la pandemia mundial, ya que Covid está ahí, y no se va a quejar de las culpas que le echen. No es por meterme con los británicos, en España también conocemos la técnica-Covid.

Y mirando un poco más allá, Reino Unido tendrá que enfrentarse a un nuevo escenario en el que por un lado tendrá que abordar el coste post-brexit, y por otro, contará con una mayor libertad a la hora de diseñar su sistema fiscal.

Cabe esperar que se introduzcan incentivos en materia de fiscalidad directa para la atracción de la actividad al país, y aunque aún no está claro cómo se configurará, desde hace tiempo la OCDE les viene recordando que se deberán respetar sus estándares post-BEPS.

Actualizo noticias: «nos hemos dado unos pocos días más, porque creemos que el acuerdo es aún posible«. Otro nuevo “plazo límite”.

Cierro post y lo envío para publicar. Ya me contareis si hay deal o no. No os deseo felices “fiestas”, pero si mucha salud.

La opinión expresada en este post es exclusiva de su autor, y en modo alguno puede imputarse o atribuirse a ninguna persona o entidad de su entorno profesional.

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Actualmente, los estados son cada vez menos soberanos para implementar medidas fiscales de calado internacional. Los sistemas fiscales son muy similares y sus novedades prácticamente uniformes. Principalmente porque necesitan contar con un consenso supranacional, la Unión Europea en el caso de España, o es necesaria una unidad de actuación y coordinación de intereses comunes como es la OCDE. Por lo tanto, todo lo que acontece fuera de nuestras fronteras, en mayor o menor medida, acabará influenciando la normativa española y su interpretación.

Por lo tanto, este blog nace con la idea de tratar desde un punto de vista práctico, crítico y ameno todas aquellas novedades fiscales que tienen lugar en el ámbito internacional que afecten o puedan acabar afectando a nuestro sistema fiscal español, y por tanto, a empresas españolas con presencia internacional o empresas extranjeras con presencia en España. Igualmente, el propósito de este blog es comentar y compartir con todos los lectores aquellos trabajos, estudios o artículos preparados por universidades y periódicos extranjeros especializados en fiscalidad internacional que aporten un punto de vista adicional y diferente a las fuentes tradicionales.