LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

10/12/2024. 12:55:44
10/12/2024. 12:55:44

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Windfall tax en España: ¿permanente?

Cristina Messía

International Tax Advisor

Un “windfall tax” es un gravamen extraordinario que busca imponer una tributación superior a la habitual a un determinado sector o industria, justificado por la obtención de unos beneficios excepcionales en unas circunstancias concretas.

En el año 2022, en un contexto de alza de precios de la energía concurrente con el conflicto surgido en Ucrania, el Consejo de la UE acordó la posibilidad del establecimiento de ciertas medidas excepcionales para compensar el impacto que el mismo estaba produciendo en los consumidores finales, entre las que se contemplaba la posibilidad gravar temporalmente los beneficios extraordinarios del sector energético.

En este contexto, en España se impuso un windfall tax sobre los grandes operadores energéticos, así como entidades y establecimientos financieros de crédito, configurado con carácter temporal para los ejercicios 2023 y 2024, justificado sobre la excepcional situación producida por el conflicto internacional.

En la propia exposición de motivos de la Ley de aprobación del gravamen español, se autodefine como “prestación patrimonial de carácter público temporal de naturaleza no tributaria”, “medidas coyunturales”, “fuera del propio sistema tributario”, “aportación temporal de una contribución excepcional” o directamente “instrumentos de intervención del Estado en la economía”. Se trataba de una medida difícil de justificar técnicamente, debido a su concurrencia de imposición sobre la misma renta que el propio Impuesto sobre Sociedades.

En el caso de las entidades energéticas, la configuración del gravamen en España se estableció en el 1,2% del importe neto de cifra de negocios derivado de la actividad desarrollada en el territorio durante el año natural anterior, alejándose del modelo previsto por la UE. Hubiera tenido más sentido configurarlo sobre el resultado del ejercicio en relación con otros anteriores, si lo que se pretende es gravar un “resultado extraordinario”.

Ya en 2023 desde instituciones de la UE se comenzaba a analizar la efectividad de los windfall tax implementados, alertando del potencial impacto negativo sobre el incentivo a la inversión e innovación, así como del riesgo de deslocalización de capitales hacia mercados con mayor seguridad jurídica.

La existencia de beneficios suficientes susceptibles de reinversión resulta de especial importancia en un sector como el energético, dado el alto coste de implementación y mantenimiento de la infraestructura necesaria, la adaptación a nuevas legislaciones internacionales así como transición a fuentes de energía más eficientes y limpias, erigiéndose como un pilar estratégico de cualquier economía.

A unos meses de la extinción prevista de este gravamen, cuando el alza de los precios de la energía es ya un lejano recuerdo, el gobierno español ha venido manifestando su intención de convertirlo en permanente, convirtiendo una supuesta medida temporal y excepcional justificada en base a un contexto económico concreto, en una doble tributación de plano sobre los resultados ordinarios.

Su principal motivación radica en que la UE exige a España el ajuste de su plan de déficit, condicionando a ello el desbloqueo del siguiente pago de fondos Next Generation. Ante unas cuentas que no terminan de cuadrar, el Ejecutivo español necesita una reforma fiscal que incremente su previsión de ingresos para mantener la de gasto.

La perpetuación del windfall tax a los sectores energético y financiero resulta una opción “fácil” para el gobierno de cubrir una parte importante de los ingresos necesarios. Si bien se trataría de una herramienta que de ser finalmente implementada será recurrida con toda seguridad por las entidades afectadas, pueden transcurrir años hasta que se haya resuelto al respecto.

Como resultaba de esperar, esto ha generado todo tipo de alarmas en ambos sectores, advirtiendo que tal posibilidad llevaría la inversión en España al mínimo y a una peligrosa pérdida de competitividad.

La entidad energética más afectada por el momento ha sido Repsol, la cual ante la amenaza de perpetuidad del gravamen ha alertado de que de así producirse, estarían en peligro importantes inversiones que preveía desarrollar en España, principalmente en Tarragona.

Gracias a ello, precisamente hace pocos días hemos podido conocer que ante este riesgo de pérdida de inversión en Cataluña, el gobierno de España no contaría con el apoyo parlamentario suficiente de sus socios catalanes para la aprobación de la medida, al menos para las entidades energéticas, por lo que parece que estas podrían evitar la prórroga del gravamen.

No obstante, la amenaza aún se cierne sobre las entidades del sector financiero, sobre las que el gobierno español aún mantiene su plan recaudatorio, si bien con determinadas modificaciones, entre las que se encuentra la ampliación de su ámbito de aplicación, llegando a afectar a un número mayor de entidades, así como su planteamiento y justificación desde un punto de vista técnico-legal.

Tanto el BCE como el FMI han mostrado sus reticencias a este gravamen al sector financiero, ya que afectará al crédito disponible, a los tipos de interés, así como al debilitamiento de la fortaleza de las entidades ante una futura crisis económica.

Si bien se trata de un sector muy diferente al energético, y para el cual el gravamen tiene otra configuración, una más que probable consecuencia será el futuro traslado de sedes de entidades a otros Estados miembro, con entornos tributarios menos agresivos y mayor seguridad jurídica.

A fecha de redacción del presente artículo quedan aún bastantes interrogantes abiertos en torno al futuro del windfall tax en España, ya que algunos de los socios de izquierda del gobierno han manifestado en los últimos días su amenaza de no apoyar su prórroga para el sector financiero si el energético queda fuera.

Sea cual sea el desenlace final, ya se ha hecho un enorme daño a la confianza en la seguridad jurídica en España, pues si el gravamen no es finalmente perpetuado para uno o ambos sectores, no será por falta de intención del gobierno, sino por falta de apoyo parlamentario suficiente. Asimismo, si este tipo de medidas se llegan siquiera a plantear durante periodos de supuesta estabilidad económica, que cabe esperar cuando llegue la próxima crisis, ya sea de la índole que sea.

La regulación fiscal en España debería atender a una estrategia a medio y largo plazo que busque fortalecer sus sectores estratégicos, y que sea capaz de atraer la inversión exterior en lugar de ahuyentar la interna. Por el contrario, con la amenaza de este tipo de gravámenes, se está ofreciendo la imagen de una política económica y fiscal poco confiable, regida por la improvisación y arbitrariedad.

La opinión expresada en este post es exclusiva de su autor, y no puede imputarse o atribuirse a ninguna persona o entidad de su entorno profesional.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.

Blog

Blog Fiscalidad Internacional

Te recomiendo

Actualmente, los estados son cada vez menos soberanos para implementar medidas fiscales de calado internacional. Los sistemas fiscales son muy similares y sus novedades prácticamente uniformes. Principalmente porque necesitan contar con un consenso supranacional, la Unión Europea en el caso de España, o es necesaria una unidad de actuación y coordinación de intereses comunes como es la OCDE. Por lo tanto, todo lo que acontece fuera de nuestras fronteras, en mayor o menor medida, acabará influenciando la normativa española y su interpretación.

Por lo tanto, este blog nace con la idea de tratar desde un punto de vista práctico, crítico y ameno todas aquellas novedades fiscales que tienen lugar en el ámbito internacional que afecten o puedan acabar afectando a nuestro sistema fiscal español, y por tanto, a empresas españolas con presencia internacional o empresas extranjeras con presencia en España. Igualmente, el propósito de este blog es comentar y compartir con todos los lectores aquellos trabajos, estudios o artículos preparados por universidades y periódicos extranjeros especializados en fiscalidad internacional que aporten un punto de vista adicional y diferente a las fuentes tradicionales.