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Primera aplicación de la Sentencia del TEDH que anula la llamada «doctrina Parot»

Juan Iribarren Oscáriz
Abogado

AAN, de 22 octubre 2013 (ARP 2013, 985) Penalidad; Garantías penales y aplicación de la Ley Penal; Infracción Penal; Derecho a la libertad personal y a la seguridad; Instituciones penitenciarias.

La Audiencia Nacional, en aplicación de la Sentencia del TEDH de 21-10-2013 (TEDH 201373), excarcela a condenada por terrorismo, en lo que se supone va a ser el primer eslabón de una cadena de liberaciones, tanto de presos terroristas como de delitos comunes con muchos años de cumplimiento

Celda de una cárcel
  • Supuesto de hecho

    La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional deja sin efecto su Auto de 06-06-2008 y declara extinguidas las responsabilidades penales a las que se refiere la presente ejecutoria por cumplimiento de la condena

  • Criterio o «ratio decidendi»

    El TEDH deroga la llamada «doctrina Parot». Ante esta Sentencia, la Audiencia Nacional, en primer lugar considera la aplicación de la Sentencia del TEDH de carácter vinculante, dados los términos del art. 46.1 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Civiles y las Libertades Fundamentales, en segundo lugar, excarcela a miembro de ETA condenada por varios delitos terroristas y, en tercer lugar, la indemnización reconocida en la Sentencia decide imputarla en su caso al pago de las responsabilidades civiles decretadas a favor de las víctimas y del derecho de subrogación del Estado. Este punto de las indemnizaciones civiles, ha sido recurrida por la parte.

  • Normativa aplicada:

    • Art. 268 Código Penal
    • Código Penal, arts. 76 y 78 (RCL 1995, 3170)
    • Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Civiles y las Libertades Fundamentales, art. 46.1 (RCL 1999, 1190).
  • Jurisprudencia y bibliografía relacionada

    • Aplica la Sentencia del TEDH, de 21 octubre 2013 (TEDH 2013, 73),
    • La anterior tiene su precedente en la Sentencia del Caso Del Rio Prada contra España, Sentencia de 10 julio 2012 (TEDH 2012, 66),
    • Confronta en sentido contrario con las sentencias del TC que habían ratificado la constitucionalidad de la «doctrina Parot:
      • Sentencia núm. 19/2013 de 31 enero (RTC 2013, 19),
      • Sentencia núm. 28/2013 de 11 febrero (RTC 2013, 28),
      • Sentencia núm. 54/2013 de 11 marzo (RTC 2013, 54),
    • Confronta en sentido contrario con las sentencias del TS que habían ratificado la constitucionalidad de la «doctrina Parot:
      • Sentencia núm. 197/2006 de 28 febrero (RJ 2006, 467),
      • Auto núm. 1425/2013 de 9 mayo (PROV 2013, 259700),
      • Auto núm. 1428/2013 de 16 mayo (PROV 2013, 258423).
    • Véase "La Doctrina Parot severamente rechazada" de don José Antonio Martín Pallín. AJA núm. 842/2012 (BIB 2012, 3005).
    • Véase "La redención de penas y la doctrina Parot llegan al TC" de doña Izaskun Arratibel Pastor. RAD núm. 3/2012 (BIB 2012, 981).

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