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25/04/2024. 00:57:51

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IRPH, interés inicial de los préstamos y VPO. Todo sobre la nueva cuestión prejudicial elevada a Europa que ya es una realidad

Martínez-Blanco Abogados
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La Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Palma de Mallorca, Doña Margarita Isabel Poveda Bernal, ha dictado un auto por el que ha decido elevar una nueva cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ante la emergente inseguridad jurídica que se ha creado para los afectados por el índice IRPH aplicado en 1,3 millones de hipotecas en España.


La necesidad de esta cuestión viene dada al haber surgido graves discrepancias entre la jurisprudencia dictada por el TJUE cerca de la postura de los afectados, con los últimos dictados del Tribunal Supremo español que defendían la posición de la banca. A este cóctel se suma el rebelión de muchos jueces nacionales de primera instancia y audiencias provinciales que han decido aplicar el Derecho de la Unión Europea a favor de los consumidores frente a los dictados del Tribunal Supremo que protege a la banca.

Este rebelión, está provocando una inseguridad jurídica jamás vista en materia de consumo, dado que está llevando a encontrar sentencias de casos idénticos tanto estimatorias como desestimatorias dependiendo del juez que la dicte.

El Derecho de la Unión Europea tiene supremacía sobre el derecho de cualquier país miembro, por lo que los dictados del Tribunal Supremo español podrían estar contraviniendo la normativa europea, y todo ellos tras dos cuestiones prejudiciales que ha reinterpretado a favor de la banca. Esta forma de actuar del alto tribunal va a suponer una Responsabilidad Patrimonial del Estado directa para todos aquellos afectados que se estén viendo perjudicados sus casos con la aplicación de los dictados del Tribunal Supremo que se archiven o se desestimen durante este tiempo de transición pudiendo así solicitar una indemnización en el caso de haberle privado justicia.

Esta sería la tercera cuestión prejudicial que se eleva a Europa por jueces de primera instancia en defensa de los afectados del IRPH. La primera de ellas fue la elevada por el Juzgado de Primera Instancia nº38 de Barcelona que resultó con una sentencia totalmente estimatoria a los consumidores. Tras ser reinterpretada por el Tribunal Supremo a favor de la banca, el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza defendida en Europa por Martínez-Blanco Abogados también resultó estimatoria, pero nuevamente el Tribunal Supremo reinterpretó la sentencia a favor de la banca al igual que la primera utilizando ambigüedades o falta de pronunciamiento de algunas cuestiones que la resolución europea había dejado como cabos sueltos.
Por ello, hemos pedido al TJUE que esta vez sea preciso y claro para que no quede margen de interpretación para el Tribunal Supremo que en materia de consumo ha favorecido a la banca sistemáticamente y no deje al libre criterio de los jueces la valoración de dicho índice.

La resolución que obtengamos pondrá punto final al debate jurídico del IRPH, de la que esperamos que venga a aclarar contundentemente este asunto que está causando una sangría económica para más de 1,3 millones de hipotecas en España, y podrá ser utilizada por todos los afectados para defender sus litigios si la estrategia planteada en sus demandas fue acertada.

El caso como ejemplo que hemos escogido para exponer la problemática al TJUE es la de una pareja mallorquina con un préstamo con Caixabank contratado en el año 2001 por un capital de 78.000€ con un plazo de devolución de 30 años en la que se incluyó el índice de referencia IRPH sin ningún tipo de información por parte de la entidad financiera. Esta pareja de afectados ha abonado hasta la fecha más de 53.000€ extras por la aplicación de la cláusula IRPH, lo que previsiblemente supondrá a la finalización del préstamo haber abonado 165.000€ con un capital prestado de 78.000€.

Además de forma novedosa, esta cuestión tiene una iniciativa nunca antes valorada en el Tribunal Europeo, y es que se ha preguntado sobre los tipos iniciales abusivos que se estipulan en todos los préstamos hipotecarios cuando no hayan sido informados previamente por las entidades financieras, teniendo que abonar el consumidor un tipo de interés muy superior al interés variable estipulado.

Hasta la fecha, se había dejado de lado a los afectados por IRPH en viviendas VPO, las cuales ahora también también se pone en duda la forma de cálculo de los intereses aplicables a los préstamos VPO referenciados a una decisión arbitraria del Consejo de Ministros, privando a los prestatarios de conocer cómo se calculará y aplicarán los intereses en su préstamo.

El Letrado director de Martínez-Blanco Abogados, Norberto José Martínez Blanco, será el encargado de defender nuevamente a los consumidores ante el Tribunal Europeo, como ya lo hizo en la cuestión prejudicial de los gastos de formalización y comisión de apertura C-224/19 que resultó favorable y permitió a todos los consumidores españoles recuperar su dinero.

En Martínez-Blanco Abogados celebramos nuevamente la voz de los magistrados comprometidos con la defensa de los consumidores y la aplicación del Derecho de la Unión como en este caso la de la Magistrada-Juez Doña Margarita Isabel Poveda Bernal.

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