De conciertos y abogados "enrreas".
Y yo que pensaba que eso de ir de concierto suponía, por lo general, que hubiera algún grupo o solista que me gustara, pasar por taquilla y abonar mis buenos euros, meterme en un estadio o sala cubierta debidamente acondicionada rodeado de gente desconocida, aspirar el olor a humanidad propio de las aglomeraciones, y disfrutar con temas que he escuchado mil y una veces… Pues va a ser que no o, al menos, no siempre…
Lo que si me da la impresión es que los abogados nos ganamos a pulso, en muchas ocasiones, la fama de "enrreas" que tenemos, por que mira que le damos vueltas a las cosas y mira que retorcemos, en muchas ocasiones, lo que, teóricamente, está bien recto.
Pues bien, aunque no lo creáis tanto una reflexión como la otra están íntimamente relacionadas. Veamos:
Más y más demandas de la industria de los contenidos.
El abogado "enrrea" de turno, convenientemente pagado por el su cliente, ASCAP (o sea, American Society of Composers Authors and Publishers), presentó una demanda ante los tribunales norteamericanos contra Verizon Wireless, con la intención (qué extraño!!) de que esta entidad (y si salía bien la cosa, las que vendrían después) pasara por caja.
En esta ocasión, se pedía la pasta por entender que cada vez que suena un "ringstone" (la musiquita que ponemos como melodía de nuestro móvil) estamos ante una reproducción pública y, como tal, al ser un acto de explotación que ha de autorizar el titular de los derechos de propiedad intelectual, estaba produciéndose una vulneración de este tipo derechos y el consiguiente perjuicio para su pobre titular.
El bucle de pasar por caja.
Total, que con este razonamiento que hace la industria de contenidos, lo que está claro es que si existe algún tipo de obra sujeto a derechos de propiedad intelectual y queremos hacer uso de ella, entramos, misteriosamente, en una especie de bucle espacio-temporal, en el que, sin saber muy bien cómo, pagamos una y otra vez, de forma muy similar a lo que le sucedía a Bill Murray en el día de la marmota.
En efecto, si Verizon, como cualquier otra empresa, quiere comercializar tonos de llamada para sus clientes, tendría que pagar la correspondiente licencia para poder hacerlo y, según el citado razonamiento, pagar cada vez que sonara el móvil de uno de los usuarios que empleara dichos tonos.
Y eso sin contar que los usuarios estarían cometiendo una infracción cada vez sonara el móvil en público. Un disparate, vamos…
Un disparate tras otro.
Imaginaos las situaciones disparatadas a que ello nos llevaría:
Por un lado, ya no sólo sería para nosotros suficientemente insufrible el estar oyendo a todas horas del día y en todos los sitios, a modo de concierto móvil, los ringstones o melodías que cada persona con la que nos cruzamos tiene en su móvil, pues existiría una confraternidad con ellos, ya que también lo odiarían.
Precisamente, por ello, a partir de ahora podrían pasar dos cosas: o maldecir a quien nos llame al suponer un coste adicional la suma a abonar por el tonito dichoso, o eliminar los tonos y estar todo el día mirando fijamente la pantalla por si se enciende y es una llamada (no os creáis que la vibración se va a librar tan ricamente…).
Pero lo más disparatado de ello sería que o bien las operadoras tendrían que remitir cartas a los usuarios para suplicarles que no recibieran tantas llamadas (lo cual sería ya absolutamente surrealista), o bien limitarían el número de reproducciones de los tonos de los usuarios silenciándolos tras X número de llamadas o bien incrementarían el precio de la llamada para seguir en términos de beneficio.
Y las aguas volvieron a su cauce…
No obstante, gracias a una persona normal, las cosas parece que no se han desmadrado y todo ha vuelto a la normalidad.
En efecto, la juez encargada del caso ha declarado en su sentencia varias cosas bastantes razonables:
- Que, si bien Verizon anima a sus usuarios a la compra de ringstones y suministra la tecnología precisa para su reproducción, abona puntualmente las sumas derivadas de la explotación de los derechos de autor, el doble incluso de lo que hubieran de abonar los usuarios si compraran la canción completa.
- Verizon no reproduce el tono directamente en ninguno de los terminales, como tampoco anima a ninguno de sus usuarios a que reproduzcan los mismos en vías públicas.
- El hecho de que suenen los citados tonos no se hace por los usuarios con la finalidad de obtener un lucro comercial, sino sólo para saber que reciben una llamada, un sms, un mms o un mail, por lo que éstos tampoco son responsables de ninguna infracción.
¿Cuánto durará la cordura? Muy poco, seguro.