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03/12/2025. 09:16:29
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Práctica Jurídica

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El TSJ de Aragón ratifica que un capataz puede seguir trabajando porque sus lesiones no impiden dirigir al personal

El fallo establece un criterio en el sector agrario: el derecho a la incapacidad permanente no aplica si el puesto exige un trabajo intelectual o de supervisión en lugar de esfuerzo físico El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha desestimado el recurso de un capataz agrario contra la sentencia...

Determinación del apellido y libre circulación de personas: la sentencia del TJCE de 14 de octubre de 2008

En su sentencia de 14 de octubre de 2008 el TJCE ha declarado que el artículo 18 CE se opone a que las autoridades...

Luces y sombras del arbitraje administrado

Determinados medios arbitrales profesan el dogma de las axiomáticas virtudes del arbitraje administrado, por eso, desde posiciones claramente proclives al arbitraje institucional, es habitual...

Derechos sucesorios del conviviente estable y de los hijos adoptados en el nuevo Libro cuarto del Código civil de Cataluña

La Ley catalana 10/2008, de 10 de julio, ha aprobado el Libro Cuarto del Código civil de Cataluña, dedicado al derecho de sucesiones. Entre las novedades que contiene destaca el tratamiento de los derechos sucesorios de las parejas estables y de los hijos adoptivos. Un principio que inspira la nueva normativa consiste en destacar la importancia de la convivencia afectiva de la pareja en lugar del vínculo matrimonial, de manera que se reconocen derechos sucesorios a las parejas estables con independencia del matrimonio. La nueva norma pone fin a la diferencia de tratamiento de parejas homosexuales, respecto a las heterosexuales, en lo relativo a sus derechos sucesorios. En materia de adopción, se reconoce legalmente el principio de equiparación en derechos sucesorios de los hijos adoptados, respecto a los hijos habidos por naturaleza, pero se regulan además supuestos excepcionales en que conservan algunos de esos derechos en la sucesión de hermanos y ascendientes en la familia de origen.

Una Sentencia de la Audiencia Nacional considera que el número de móvil por sí solo no hace identificable a su titular

Una Sentencia de la Audiencia Nacional considera que el número de móvil por sí solo no es un dato de carácter personal al no hacer al titular de los datos identificable.

Intermediarios y trucos de los Casinos Online

Entre otras muchas prácticas sospechosas en Internet, últimamente se observa el aumento de los sitios web que alojan “casinos online” y de gurús de...

Justicia y nuevas tecnologías de la información y la comunicación

La Justicia es uno de los servicios públicos esenciales de toda sociedad desarrollada como la nuestra, donde la judicialización y el incremento de...

La mediación familiar en el País Vasco: aproximación a la Ley 1/2008

El 18 de febrero se publicaba en el Boletín Oficial del País Vasco la Ley 1/2008, de 8 de febrero, de Mediación Familiar, con la que se pretende reducir el número de asuntos que lleguen a los juzgados y fomentar la búsqueda de soluciones estables y compartidas por los implicados en un conflicto convivencial de carácter familiar.

Comentario al Auto 582/08 de la Audiencia Provincial de Madrid sobre “Sharemula”

A raíz de la notificación a las partes del Auto nº 582/08 dictado por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección.2ª) en relación con el denominado asunto "Sharemula" hemos asistido a un aluvión de declaraciones periodísticas, artículos y notas de prensa de las diferentes partes interesadas en el procedimiento. Sin embargo, aprovechamos esta ocasión para realizar una reflexión jurídica sobre el contenido de dicha resolución y exponer brevemente, con la mayor claridad posible, un análisis de la misma, analizando aquéllos aspectos que consideramos más relevantes.

Poligamia y adquisición de la nacionalidad española por residencia. STS (3ª) de 19 de junio de 2008

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (Secc. 6ª) del Tribunal Supremo ha sostenido en esta reciente sentencia que a efectos de adquirir la nacionalidad española por residencia, no acredita suficiente grado de integración en la sociedad española, como requiere el art. 22.4 del Código Civil, el extranjero que está casado con dos esposas, ya que la poligamia, aunque esté reconocida en la ley nacional, es contraria a nuestro orden público.
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Derecho Civil
incluye contenidos redactados por expertos en la materia. El derecho civil es la rama del derecho privado que regula las relaciones civiles de las personas. Tradicionalmente es la rama del derecho que regula el estado civil de las personas, las relaciones familiares, la propiedad y los demás derechos reales, las obligaciones y contratos, y las sucesiones. El derecho civil se divide en cuatro grandes ramas: la parte general, el derecho de obligaciones y contratos, los derechos reales y el derecho de familia y las sucesiones.
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