Incluye la sentencia
El Tribunal Supremo ha dado la razón al FC Barcelona en las inspecciones abiertas con motivo de los pagos de los clubes de fútbol a los jugadores profesionales a través de los contratos de imagen.
La Agencia Tributaria consideró que esas retribuciones debían ser consideradas parte del salario y, por lo tanto, tributar a través del IRPF-, lo que abrió la puerta a la reclamación del IVA.
El F.C. Barcelona recurrió alegando que Hacienda debía permitir la deducción del IVA ligado a los contratos de imagen o reconocer el derecho a la devolución en favor del club.
La Sala de lo contencioso-administrativo del TS anuló, en consecuencia, la sanción de casi 138.000 euros que se le había impuesto al club catalán por no haber repercutido el IVA.