LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

19/04/2024. 02:20:43

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Novedades Tributarias en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011

Doctor en Derecho. Ponente del TEAC

El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011 para el 2001 incorpora diversas medidas en el ámbito tributario, además de las que habitualmente recoge dicha Ley.

Una calculadora y cuentas

En primer lugar, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se eleva los tipos de gravamen aplicables para las rentas superiores a 120.000 euros (+ 1%) y 175.000 euros (+ 2%), respectivamente.

Por otra parte, se modifica la tributación de las retribuciones plurianuales (bonus, etc), introduciendo un límite de 300.000 euros en la cuantía del rendimiento íntegro sobre la que se aplicará la reducción del 40% (no aplicable al exceso sobre dicha cantidad).

En cuanto al gravamen sobre la renta del ahorro, las percepciones derivadas de la reducción del capital social con devolución de aportaciones a los socios de las SICAV, así como en el supuesto de reparto de prima de emisión de acciones a estos últimos, se eliminará el diferimiento de la tributación en sede de dichos socios (con efectos de 24 de octubre de 2010).

Se suprime la deducción por nacimiento. En relación con la deducción por adquisición de vivienda habitual, a partir del 1 de enero de 2011 dicha deducción sólo será aplicable a los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,2 euros. Dicha medida no será de aplicación a los contribuyentes que hayan adquirido la vivienda con anterioridad, incluida la compra sobre plano. Los titulares de cuentas ahorro-vivienda mantendrán las cantidades aportadas con anterioridad con la obligación de la compra de vivienda, quedando sometidos a los límites anteriores a partir del próximo año.

En cuanto  a la deducción por alquiler, se aumenta del 50% al 60% la reducción por rendimiento neto procedente del arrendamiento de bienes inmuebles destinado a vivienda, al mismo tiempo que para la reducción del 100% se reduce la edad del arrendatario para dicha reducción de 35 a 30 años.

En el Impuesto sobre Sociedades, el proyecto permite a las entidades de reducida dimensión disfrutar del régimen especial que les resulta de aplicable durante los 3 ejercicios inmediatos siguientes a aquel en el que se supere el umbral de 8 millones de euros de cifra de negocios que posibilita acogerse al régimen. Medida que se extiende al supuesto en que dicho límite se sobrepase a resultas de reestructuración empresarial, siempre que todas las entidades intervinientes tengan la antedicha condición.

En este sentido, se establece la exención en la modalidad de operaciones societarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de las ampliaciones de capital que realicen en 2001 y 2012.

Además, se adapta la normativa interna la regulación del fondo de comercio financiero en el Impuesto sobre Sociedades, así como en el Impuesto sobre la renta de no Residentes el porcentaje de participación exigido para que queden exentos los dividendos distribuidos por sociedades filiales en España a sociedades matrices residentes en la Unión Europea.

Por último, se mantienen los valores catastrales de los inmuebles

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.