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27/04/2024. 05:09:13

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Impuesto de Sociedades

Retenciones por operaciones de compraventa entre entidades residentes y no residentes

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Incluye la sentencia

Señal de tráfico en la que pone Stop.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES: Retenciones: compras realizadas por entidad residente a un no residente sin establecimiento permanente, al contado, de Deuda Pública con rendimiento explícito y simultáneas ventas a plazo muy corto, nuevamente al no residente: compras simples simultáneas o «repos»: existencia de dos transmisiones diferentes, produciendo todos los efectos tributarios propios: aplicación de la disp. adic. 15ª Ley 18/1991, de 6 junio: procedencia cuando la venta al no residente se realice dentro de los treinta días inmediatamente anteriores al vencimiento del cupón: no obsta a ello que la venta se realice por una Entidad Gestora del mercado de Deuda del Estado que opera por cuenta propia, estando excluidas únicamente las Entidades gestoras que tengan la condición de creadores del mercado; Incumplimiento de la obligación de práctica de retenciones: liquidación por retenciones del capital mobiliario a cuenta del Impuesto sobre Sociedades: deducción de cantidades que se hubieran podido deducir en el Impuesto sobre Sociedades: examen.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional -Sección Segunda- dictó Sentencia, en fecha , desestimatoria del recurso deducido por la entidad mercantil «Deutsche Bank, SAE» contra una Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de, en relación a liquidación girada en concepto de Impuesto sobre Sociedades. El TS estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por la mercantil recurrente; casa y anula la Sentencia de instancia «en el punto relativo a la liquidación de las retenciones a ingresar por la entidad recurrente».

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