LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

14/10/2024. 11:01:13
14/10/2024. 11:01:13

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Educados por la raza

Jeffrey Rosen
profesor de Derecho en la Universidad George Washington

La justicia americana ha reabierto un antiguo y polémico debate social. Esta vez la mayoría conservadora ha dado la razón a un grupo de padres cuyos hijos fueron afectados por las políticas de integración racial adoptadas por sus centros educativos locales.

El 28 de junio de 2007, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos clausuró el año judicial con la polémica decisión del caso Parents Involved v. Seattle School. Por una mayoría de cinco votos, los magistrados de Washington declararon inconstitucional un programa de integración racial implementado por las autoridades educativas de Seattle y Louisville. Siguiendo una práctica común en el resto de la nación, algunas escuelas y colegios de dichas circunscripciones adoptaron  un modelo de admisión basado en el perfil racial de los aspirantes. El objetivo de tales medidas radicaba en lograr una mejor distribución de las minorías étnicas en los establecimientos de enseñanza del sector.

La demanda fue planteada por el grupo Parents Involved in Community Schools, una organización comprometida con la defensa de los padres de alumnos que han sido rechazados en las escuelas distritales por causa de su raza, creada como respuesta a la proliferación de casos de estudiantes que no había podido ingresar en los institutos más convenientes a sus intereses académicos, únicamente por su perfil étnico. Los demandantes ampararon su acción en la Cláusula de Igual Protección (Equal Protection Clause), contenida en la decimocuarta enmienda de la Constitución. La pretensión de dicho colectivo era evitar que sus hijos se vean "forzados a competir por un puesto en los establecimientos educativos locales, en un sistema que utiliza la raza como factor determinante para su admisión".

De acuerdo a la mayoría del alto tribunal, el case law sobre la materia exige que siempre que el gobierno distribuye cargas o beneficios en base a diferencias raciales individuales, dicha actuación debe ser sometida a un estricto escrutinio (strict scrutiny). "Las clasificaciones raciales son, sencillamente, demasiado perniciosas, por lo que se debe exigir una detallada y minuciosa justificación a esta clase de prácticas", señaló el magistrado John Roberts, portavoz de la mayoría. Siguiendo este razonamiento, los poderes públicos han de emplear el criterio racial únicamente en aquello estrictamente necesario, si de cumplir con una determinada finalidad social se trata. Según el Tribunal Supremo, en este caso concreto, el objetivo primordial de los programas escolares analizados -procurar la pluralidad adecuada en los centros de educación primaria y secundaria- podría ser alcanzado mediante otras medidas "menos sospechosas". En consecuencia, los jueces supremos determinaron que la decimocuarta enmienda constitucional no permite el empleo de un método de clasificación tan simplista como el utilizado, que divide a los estudiantes en dos únicas categorías: whites y nonwhites.

Desde la disidencia, el magistrado Stephen G. Breyer señaló de forma categórica que este fallo contradice abiertamente el histórico precedente del caso Brown v. Board of Education, que en 1954 eliminó la separación de los estudiantes por motivos raciales. Para muchos, la sentencia Brown marcó el fin de la segregación en los establecimientos educativos de los Estados Unidos. No obstante, otros señalan que la impronta histórica de esa célebre sentencia no se dejó sentir hasta que el gobierno adoptó medidas concretas para favorecer el ingreso de personas de color en los institutos públicos de enseñanza.

En esta ocasión, ha prevalecido claramente la cosmovisión del sector conservador del Tribunal Supremo. Para los cinco magistrados que respaldaron la sentencia, la separación de estudiantes en base a su raza no es la mejor manera de lograr la plena igualdad de los distintos grupos sociales, ni mucho menos su integración.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.