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21/03/2025. 18:53:31
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Implicaciones de la propuesta de la Comisión Europea sobre la reforma de Europol

Directora Ejecutiva de FIBGAR (Fundación Internacional Baltasar Garzón)

Establecida en 1995, Europol representa la agencia de la Unión Europea para la cooperación policial. Las principales tareas de Europol están relacionadas con la recopilación, almacenamiento, procesamiento, análisis e intercambio de información e inteligencia.

Sus actividades  están actualmente reguladas por el Reglamento (UE) 2016/794, adoptado el 11 de mayo de 2016 y en vigor desde el 1 de mayo de 2017 para todos los países de la UE, excepto Dinamarca, que tiene una cláusula de exclusión de las disposiciones del Tratado sobre justicia y asuntos de interior. Posteriormente, esta normativa fue enmendada por el Reglamento (UE) 2022/991, que proporcionó una base legal para el procesamiento de grandes y complejos conjuntos de datos, incluidos datos personales de individuos no relacionados con delitos. Esta enmienda también fortaleció la capacidad de Europol para asistir a los Estados miembros en la identificación de vínculos transfronterizos en el contexto de investigaciones penales. Las reformas de 2016 y 2022 ampliaron progresivamente los poderes de Europol, permitiendo a la agencia acumular vastas cantidades de datos personales con una supervisión mínima.

En noviembre de 2023, la Comisión Europea presentó un nuevo paquete legislativo para «prevenir y combatir el tráfico de migrantes». Entre sus objetivos se encuentran la persecución efectiva de las redes criminales organizadas, la imposición de penas armonizadas que reflejen la gravedad de los delitos, y la mejora del alcance jurisdiccional. Además, se propone reforzar los recursos y capacidades de los Estados miembros, así como optimizar la recolección y el reporte de datos relacionados con estas actividades delictivas.

Más precisamente, el paquete incluye:

  • Una «Alianza global para contrarrestar el tráfico de migrantes» para promover su agenda sobre el tráfico de migrantes a nivel internacional, alentando a los terceros países a adoptar políticas y medidas más estrictas en la gestión de fronteras, la disuasión de la migración y la lucha contra el tráfico de migrantes.
  • Una Directiva destinada a prevenir y contrarrestar la facilitación de la entrada, el tránsito y la estancia no autorizada en la UE llamada «Directiva de Facilitación» (Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establecen normas mínimas para prevenir y combatir la ayuda a la entrada, a la circulación y a la estancia irregulares en la Unión, y por la que se sustituyen la Directiva 2002/90/C).
  • Un Reglamento para reforzar el papel de Europol en la «lucha contra el tráfico de migrantes y la trata de seres humanos» (Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la mejora de la cooperación policial en relación con la prevención, detección e investigación del tráfico ilícito de migrantes y la trata de seres humanos, y a la mejora del apoyo por parte de Europol a la prevención de dichos delitos y la lucha contra ellos, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2016/794).

En particular, estas enmiendas modificarían los artículos existentes (artículos 2 y 4) e introducirían nuevas disposiciones (Artículos 5a y 5b) a la anterior normativa que rige la actividad de la agencia. La propuesta describe actualizaciones significativas al papel de Europol en la lucha contra el tráfico de migrantes y la trata de seres humanos.

Entre todos los cambios vale la pena señalar tres elementos por sus consecuencias en términos de violaciones de derechos humanos.

En primer lugar, la propuesta busca codificar en la ley la composición y las funciones del Centro Europeo de Lucha contra el Tráfico de Migrantes (EMSC, por sus siglas en inglés), que ya fue creado en 2016. Su creación fue un resultado clave del primer Plan de Acción de la UE contra el tráfico de migrantes (2015-2020). El EMSC se centra en desmantelar redes criminales organizadas involucradas en actividades de tráfico de migrantes, particularmente en los puntos críticos de la UE.

El mandato del Centro también incluye abordar los movimientos secundarios y terciarios de migrantes dentro de la UE, donde grupos criminales organizados están desarrollando sus operaciones de tráfico. Dentro del EMSC, un equipo específico se ocupa de la trata de seres humanos, aunque el Centro no se centra en estos casos con la misma intensidad que en el tráfico de migrantes. La propuesta de la Comisión sobre el fortalecimiento del papel de Europol en el tráfico de migrantes y la trata de seres humanos busca institucionalizar este Centro como una estructura permanente dentro de Europol. Tendrá la tarea de elaborar evaluaciones de amenazas y análisis estratégicos sobre el tráfico de migrantes a partir de los datos recopilados.

Además, el Reglamento prevé un uso incrementado de la Aplicación de Red de Intercambio de Información Segura (SIENA), una plataforma administrada y mantenida por Europol, que permite al personal de Europol, a los funcionarios de los Estados miembros de la UE y de terceros países intercambiar información operativa y estratégica relacionada con el crimen. La propuesta expande significativamente la cantidad de información que se intercambiará a través de SIENA de dos maneras principales: más autoridades estarán conectadas a SIENA y más datos se intercambiarán a través de esta plataforma.

La propuesta crea una obligación de compartir cualquier información relacionada con el tráfico de migrantes con Europol y otras autoridades de los Estados miembros. Esto representa un cambio importante con respecto al Reglamento de Europol 2016/794, bajo el cual solo se debía proporcionar la información necesaria para que Europol cumpliera con sus objetivos, permitiendo a los Estados miembros determinar qué información se debe suministrar y decidir eximirse de las obligaciones de compartir datos en ciertas circunstancias. La propuesta efectivamente traslada la decisión sobre qué información se considera necesaria y relevante de los Estados miembros a Europol. Esto probablemente conducirá a serias consecuencias con impactos negativos en los derechos fundamentales, ya que incentiva a las autoridades dentro y fuera de la UE a recopilar datos personales de cualquier persona que sospechen que está involucrada en delitos de tráfico, incluyendo a personas en situaciones vulnerables. Esto no solo pone en riesgo la protección básica de datos, sino que también exacerba la criminalización de las personas migrantes.

En tercer lugar, con el objetivo de mejorar la cooperación interinstitucional para «combatir el tráfico de migrantes», la propuesta enfatiza la necesidad de fortalecer los lazos con la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex). La colaboración más estrecha entre Europol y Frontex en este contexto tiene serias implicaciones en materia de derechos humanos y consolidará aún más la criminalización de la migración y la solidaridad, especialmente al permitir la recolección masiva e ilegal de datos personales de migrantes, así como de defensores de derechos humanos que se sospeche que están involucrados en el tráfico de migrantes.

Al fortalecer las tareas y poderes de Europol, la propuesta tendría un impacto en los derechos fundamentales, especialmente en los derechos de las personas más vulnerables. Sin embargo, la vulnerabilidad no se aborda en la propuesta.

Asimsimo, cabe mencionar que la propuesta no fue respaldada por una evaluación de impacto. Solamente, en respuesta a las críticas sobre la falta de una evaluación de impacto, en primavera de 2024, la Comisión presentó un documento de trabajo analítico que detalla la información y los datos que respaldan los objetivos generales de las iniciativas. Por ello, en mayo de 2024, la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento Europeo (LIBE) solicitó al Servicio de Investigación del Parlamento Europeo que evaluara la propuesta. El resultado de esta evaluación, publicada este mes de febrero, confirma que, aunque la propuesta busca abordar las deficiencias en la cooperación interagencial y el intercambio de información, plantea preocupaciones sobre su alineación con marcos existentes, la falta de salvaguardias adecuadas para la protección de datos, y los riesgos de confundir la ley penal con el control migratorio.

Esta recolección masiva de datos contradice los estándares establecidos de protección de datos. Además, no debemos olvidar que estos vastos conjuntos de información serán analizados también por algoritmos de inteligencia artificial, conocidos por su potencial discriminatorio. Este enfoque alimenta el daño y la discriminación, al tiempo que otorga a agencias de la UE, como Europol y Frontex, capacidades de vigilancia sin precedentes y con una supervisión insuficiente. Esto ha generado alertas por parte de activistas, organizaciones e investigadores, quienes han señalado que estas reformas representan una expansión significativa e injustificada del régimen de vigilancia digital, basado en la criminalización y el castigo de las personas en movimiento. También advierten que la información derivada de tales modelos podría utilizarse para justificar un aumento de las fuerzas policiales en las regiones fronterizas, lo que podría resultar en un incremento de la violencia en un contexto que ya se caracteriza por crecientes violaciones de derechos humanos.

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