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Retención de mercancías piratas por las Aduanas: Estadísticas de 2008

Abogado de ABRIL ABOGADOS

Una año más, y no sin el habitual retraso, se han divulgado por parte de la Unión de Impuestos y Aduanas de la Comisión Europea las estadísticas relativas a los procedimientos de retención de mercancías falsas susceptibles de vulnerar derechos de autor y/o de propiedad industrial llevados a cabo durante 2008.

Retención de mercancías piratas por las Aduanas: Estadísticas de 2008

El estudio y valoración de las referidas estadísticas permite seguir sosteniendo la defensa a ultranza de este mecanismo de defensa como uno (si no el que más) de los más efectivos en la lucha contra las falsificaciones, que el legislador comunitario articula a través de los Reglamentos 1383/2003 y 1891/2004.

Dichas normas facultan a las aduanas de los veintisiete países de la UE a paralizar e intervenir partidas provenientes de terceros países susceptibles de vulnerar derechos de propiedad industrial e intelectual

De los resultados del trabajo desarrollado el año pasado por los distintos puestos aduaneros cabe destacar por su relevancia los siguientes:

  • Un incremento del 126% de los productos retenidos por aduanas: se ha pasado de 79 millones de artículos retenidos el pasado año a 178 millones, en 2008. Este dato pone de relieve de por sí la necesidad de extremar la atención con respecto a esta cuestión, máxime en los tiempos de crisis económica que padecemos.
  • Aumento un año más del número de casos de intervención iniciados por las aduanas: en 2008 se iniciaron 43.671 casos, prueba de la efectividad de este procedimiento.
  • Las aduanas españolas retuvieron el año pasado más de 26 millones de artículos falsos o infractores, lo que las lleva a posicionar en el tercer puesto de los países que más artículos retienen (por detrás de Alemania y Países Bajos).
  • China: nuevamente aparece como el principal exportador de mercancía falsa o infractora de derechos de exclusiva, con el 54% de la cuota de este "ilícito mercado", si bien en función del producto en cuestión otros países como Emiratos Árabes o India relegan a China de esa posición. Este dato aconseja optar por una política de doble protección, tanto en origen como en destino.
  • Dejando de lado los CD's/DVD's y los cigarrillos, las prendas textiles y complementos siguen siendo el sector más afectado cuantitativamente por este tipo de actividad. Sin embargo, se observa que el 11% de los productos apresados (20 millones de artículos aproximadamente) se refiere a alimentos y bebidas; productos para el cuidado y el aseo personal; juguetes y medicinas. Esto también viene a evidenciar dos cuestiones que cada día son más evidentes para los que trabajamos en este sector:
    • La importancia de concienciarse individual y socialmente de la gravedad de este tipo de conductas que pueden perjudicar muy gravemente a la salud e integridad de los consumidores, frente a la creencia popular de que las falsificaciones es un problema de grandes y multimillonarias corporaciones.
    • La necesidad de seguir luchando contra la presencia de esta clase de productos en el mercado, ahora más que nunca y a pesar de la coyuntura económica debido al aumento de estas exportaciones que de año en año se produce.

Lo anterior, como se ha indicado al principio de este comentario, convierte la intervención de las autoridades aduaneras comunitarias en el segundo medio de defensa (después del registro) con los que cuentan los titulares de derechos para reprimir actividades vulneradoras de los mismos, como la fabricación y comercialización de falsificaciones. No en vano, el Consejo europeo elaboró el pasado 16 de marzo de 2009 un nuevo plan de lucha contra el tráfico de falsificaciones para el periodo 2009-2012, centrado exclusivamente en este tipo de procedimiento, lo cual sin duda es una apuesta de todo punto acertada.

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