La imposibilidad de logar el necesario e imprescindible consenso para sustituir a nuestra más que centenaria Ley de Enjuiciamiento Criminal, está en el origen de las reformas que se acometen a través de estas dos normas publicadas en el BOE de 6 de octubre de 2015: La Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales, y la Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica.
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