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29/03/2024. 08:05:05

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El nuevo código penal y la corrupción urbanística

Abogado. Presidente de la Asociación Española de Abogados Urbanistas. www.aeaurbanistas.es
www.aeaurbanistas.com.

Durante el pasado mes de noviembre se produjeron dos importantes novedades que suponen un importante avance en la lucha contra la corrupción urbanística y la protección del medio ambiente entre otras cuestiones. Esto es, en primer lugar el día 4 de noviembre se produjo la presentación del SIU (SISTEMA DE INFORMACION URBANA) por el Subsecretario de Vivienda, D.Marcos Vaquer.

Una pluma de escribir junto a unas gafas

El SIU es una herramienta digital en forma de portal libre y gratuito a través del cual los ciudadanos tendrán acceso a toda la información disponible sobre urbanismo y suelo en la dirección http://siu.vivienda.es/portal/. También se podrá acceder al mismo a través del enlace disponible en la página web del ministerio www.vivienda.es.  El SIU constituye, sin duda, un buen instrumento de prevención de la corrupción en base a la transparencia.

En segundo lugar el 27 de noviembre pasado se publica en el Boletín Oficial de Las Cortes Generales el Nuevo Proyecto de Código Penal.

El nuevo proyecto del Codigo Penal

El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado mes de noviembre el Proyecto de Ley Orgánica por el que se modifica el Código Penal de 1.995. Este Proyecto que se remite a las Cortes Generales para su aprobación supone una reforma de gran calado pues se modifican unos 130 artículos, casi la cuarta parte del código actual.

Estamos ante la tercera reforma del Código Penal acometida en el periodo democrático. Se trata de dar respuesta a las nuevas formas de criminalidad en especial a las derivadas de las nuevas tecnologías,  delitos informáticos, se castigará con prisión todas las formas de acoso laboral u hostigamiento en el trabajo, "moving ", "loobing ", etc.

Se endurecen las penas contra la corrupción urbanística, cohecho, delito fiscal, urbanístico y contra el medio ambiente.Un proyecto muy ambiciosos que recoge bastantes novedades.

A partir de ahora el cohecho entre particulares será delito – hasta ahora sólo lo era entre funcionarios: cohecho  público – y del mismo modo también lo serán las autoridades públicas por las obras ilegales que estén bajo su responsabilidad  y que silencien u oculten o simplemente no supervisen o inspeccionen. Se trata de poner coto a las obras ilegales y a todos los costes derivados de su posterior derribo.

Otra novedad importante es la responsabilidad penal  directa de las empresas que a partir de ahora cometerán delitos y se podrán requisar sus beneficios y se aumenta el plazo de prescripción de los delitos a cinco años.

Los asesinatos terroristas se igualan a los crímenes contra la humanidad y no prescribirán nunca.Se incorporan nuevos delitos como el yihadismo y la no prescripción de los asesinatos que hasta ahora se convertían en impunes a los treinta años. Nuevas medidas de libertad vigilada a los terroristas cuando cumplan sus penas con objeto de evitar la reincidencia y proteger a las victimas durante un máximo de 10 años, este régimen será fijado por los jueces en función de las circunstancias del caso y se emplearán medios de seguimiento telemático como las pulseras GPS.

Se endurece el tratamiento a los delincuentes sexuales, violadores y en general a los que abusen de menores, la captación de menores para espectáculos pornográficos, se les aplicarán medidas de libertad vigilada similares a las de los terroristas. También será condenado el cliente de prostitución con menores o personas que no puedan decidir por sí mismas. Como con el terrorismo, los delincuentes sexuales con penas superiores a cinco años no podrán obtener tercer grado hasta cumplir la mitad de la condena. Se impondrán condenas de hasta 15 años de prisión e incluso se podrá privar de la patria potestad a los padres para proteger a los menores de los abusos.

Se endurece el delito de trata de blancas y los delincuentes extranjeros con penas inferiores a seis años podrán ser expulsados del país  entre tres y diez años.  Todo ello en cumplimiento de las obligaciones internacionales que España tiene contraídas, mas específicamente en el marco europeo, que exigen adaptaciones de nuestras normas penales. 

El tráfico ilegal de  órganos, se trata de cortar cualquier atisbo en un país que está a la cabeza en número de transplantes por la eficiencia del sistema. Si bien  en nuestra cultura no se concibe el pago por los órganos hay que recordar que en algunos países es una lacra como la droga existiendo autenticas mafias que giran en torno a ello, llegando incluso a organizarse  subastas de órganos.

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