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29/03/2024. 06:22:35

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Falsedad en documento oficial por particular

Natalia San Martín Goñi. Editora Content Print Proview Thomson Reuters Aranzadi

El Juzgado de lo Penal declaró probado que el día 17 de marzo de 2019, uno de los autores exhibió ante agentes de la policía nacional, una tarjeta de autorización de control de acceso a locales y recintos de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid expedidos por esta Comunidad Autónoma con número que no era original y donde constaba sus datos y su fotografía. Añadiendo más adelante que el recurrente carece «de autorización para ser controladores de acceso a locales, establecimientos y recintos de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid».  

La Jurisprudencia de esta Sala ha concretado su criterio y ha establecido como criterio de diferenciación entre el delito de falsedad en documento oficial y los de certificación falsa de los artículos 397 y ss que, en los últimos, la información documentada solo cumple la función de adverar o acreditar hechos sin otras finalidades. Por el contrario, en el delito de falsedad en documento oficial, la alteración se muestra de especial gravedad, al poder constatarse una transcendencia en la alteración del instrumento documental por llegar a afectar bienes jurídicos de particular relevancia.   

En el caso, no se desprende de los hechos probados la existencia de error alguno. Y cualquier posible duda al respecto queda despejada con las declaraciones del propio recurrente, recogidas en la sentencia del Juzgado de lo Penal: que «no aprobó el examen y un muchacho le dijo que se lo podía hacer y que no ha tenido problemas en 12 años, que solo le conocía de vista en una discoteca». 

 Es de toda evidencia que nadie puede creer seriamente que es legítima una tarjeta de identidad oficial, expedida por la autoridad, acreditativa de la condición de personal de control de acceso, que intentó obtener y no pudo al no superar las pruebas que se exigían, y que, según declaró, se la facilitó un muchacho al que solo conoce de vista en una discoteca.  

¿Quiere leer la sentencia?

  

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