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25/03/2023. 11:30:54

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TRIBUNALES

Condenado el Gobierno de Navarra a pagar 14.832 euros por un caso de legionella

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Incluye Sentencia

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pamplona ha condenado al Gobierno de Navarra a indemnizar con 14.832 euros a una mujer que en 2006 se infectó por un brote de legionella detectado en la torre de refrigeración del edificio del departamento de Economía y Hacienda del Ejecutivo foral.

Una silueta transparente en tonos azules.

En la sentencia, el juez señala que la mujer resultó infectada el mes de junio del año 2006 cuando se encontraba paseando por los alrededores del edificio del departamento de Economía y Hacienda y, al igual que otras personas, resultó contagiada de legionella.

   A consecuencia de esta infección, indica el juez, la mujer comenzó a padecer la sintomatología habitual de la neumonía, derivada de legionella, por lo que acudió al Hospital Virgen del Camino de Pamplona, donde fue hospitalizada.

   Tras el período de ingreso hospitalario, recoge la sentencia, la mujer prosiguió con el proceso de recuperación que fue "lento y doloroso", ya que, a causa de la enfermedad padeció un déficit ventilatorio obstructivo y tuvo que iniciar un tratamiento con corticoides inhalados, que le originó una disfonía.

   Finalmente, en marzo de 2007 los médicos consiguieron aislar el hongo 'candida albicans', aunque no fue hasta agosto de 2007 cuando la paciente recibió el alta médica.

   La mujer presentó una reclamación de responsabilidad y el Gobierno navarro le reconoció parcialmente sus demandas por "responsabilidad patrimonial" y fijó una indemnización de 1.591 por los daños y perjuicios sufridos.

   Sin embargo, la mujer recurrió a esta cantidad de dinero, ya que, solicitaba una indemnización de 16.423 euros por dos días de hospitalización, 202 días de baja sin estancia hospitalaria pero impeditivos y otros 226 días de baja sin hospitalización no impeditivos.

   En la sentencia, el juez recuerda que la ley establece que los ciudadanos "tienen derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerzo mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos".

   Para el magistrado, resulta del "todo acreditado" que en este caso "ha sido el anormal funcionamiento de los servicios públicos la causa de las patologías que ha sufrido" la mujer, tal y como reconoció, según dice, el propio Gobierno de Navarra cuando estimó parcialmente la reclamación de responsabilidad patrimonial, aunque no la indemnización que solicitaba.

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