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28/03/2024. 12:16:37

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El INSS deniega la incapacidad a un trabajador con lesiones definitivas y degenerativas

Abogado especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social del bufete Campmany Abogados

Un comercial ha ganado un juicio contra la Seguridad Social en el Juzgado de lo Social nº 34 de Barcelona, después de que la entidad pública resolviera que no merecía una incapacidad permanente por sus patologías de rodilla. El proceso, que se llevó a cabo bajo la representación legal del despacho Campmany Abogados, acabó sin embargo con el reconocimiento de una pensión de incapacidad total. Con un importe, además, más propio de una absoluta -el grado inmediatamente superior de invalidez-, al superar los 1.100 €.

El demandante, comercial de profesión, solicitó primero la incapacidad por vía administrativa. Pero en julio de 2020 recibió la primera negativa del INSS, “por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para poder ser constitutivas de una incapacidad permanente”. Ante esta decisión, el trabajador presentó una Reclamación Previa, que fue desestimada un mes después.

El dictamen del SGAM

El Instituto Nacional de la Seguridad Social se basó en el dictamen de la Subdirecció General d’Avaluacions Mèdiques (SGAM), el tribunal médico de Cataluña. En dicho documento no se debatía que existía una gonartrosis avanzada en ambas rodillas, entre otras afecciones relacionadas. Pero se determinaba que no se habían detectado “signos agudos actualmente”, y que la enfermedad estaba “pendiente de evolución”.

Posteriormente, y una vez admitida la demanda,la vista judicial se celebró el 22 de junio de 2021. Un retraso que se debió al impacto de la pandemia en nuestro país.

Limitaciones funcionales

En función de las pruebas aportadas por el letrado del comercial, Alberto Pérez Morte, se corroboró la gonartrosis padecida. Y se recordó al tribunal que también sufría una lesión en la rótula (condropatía), otra en el menisco (meniscopatía), y que el paciente había sido intervenido quirúrgicamente -mediante artroscopia- en noviembre de 2019. Pero, sobre todo, se puso de relevancia que todo ello iba acompañado de una “limitación funcional para tareas que requieran deambulación y/o bipedestación prolongadas”.

Incompatibilidad con su profesión

Otra de las cuestiones controvertidas versaba en torno a la profesión habitual del demandante: comercial. Como es por todos sabido, existe una gran variedad de profesionales que, dentro de la misma categoría, pueden desempeñar funciones bien distintas. Para acreditar este extremo ante el juez resultaron clave dos medios probatorios: el profesiograma de la empresa (un certificado de tareas donde se acredita en qué consiste la jornada laboral) y la aportación de un perito técnico, un profesional que realizó un estudio previo de la actividad laboral. Este, en el acto de juicio, declaró que el oficio del demandante tenía aparejada una gran exigencia física, pues en el transcurso de su jornada debía realizar un mínimo de visitas si no quería recibir una penalización por parte de la empresa, desplazándose además a pie entre las reuniones con un cliente y otro.

Con todo ello, el juez, en la sentencia, resalta que el estado de salud del litigante afecta muy notablemente a las tareas propias de un comercial. Concluyendo que se aprecia una “proyección limitativa de su capacidad de trabajo”. Y que su dinámica laboral que no es compatible con “el cuadro patológico severo y definitivo en ambas rodillas”, ya que está imposibilitado para caminar y estar de pie durante largo tiempo.

Pero el magistrado fue más allá y analizó exhaustivamente el dictamen del SGAM.

La argumentación del magistrado

El juzgador hace hincapié en la sentencia que el origen de la discusión es que, según el INSS, las patologías no son definitivas. Y que había que esperar el resultado de la evolución. En contraposición, dio más valor a los informes de la sanidad pública presentados por la defensa, y dejó claro en su resolución que “además de ser severas, son degenerativas y definitivas”. En este sentido, interpreta además que el posible tratamiento -que sería la colocación de una prótesis de rodilla- es descartable por su edad, de modo que “procede estimar la demanda”.

Finalmente, se ha condenado a la Seguridad Social a conceder a este comerciante una incapacidad total del 55% de su base reguladora, que le protege desde el punto de vista económico por no poder desempeñar su profesión habitual. Asimismo, como la base del demandante es elevada (2.076,41 €), su pensión alcanza los 1.142 € al mes. Una cantidad, como indicábamos antes, cercano a lo que podría ser una incapacidad absoluta. Y que, por tanto, le hace depender en menor medida de un posible trabajo compatible que complementara su prestación.

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