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18/04/2024. 17:50:30

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Los algoritmos como herramienta en las relaciones laborales: retos de futuro

  • El uso empresarial de algoritmos puede convertirse en una manera de reforzar a los trabajadores más aptos de la empresa
  • Existe una apremiante necesidad de regular la materia en profundidad y de forma global
  • El impulso algorítmico del marco laboral puede comportar una pérdida encubierta de derechos para los actores más débiles de la cadena laboral

La progresiva introducción en nuestro país de empresas con sistemas de trabajo en los que los algoritmos forman parte esencial del mecanismo de desarrollo de las relaciones laborales, ha implantado por la fuerza de los hechos un nuevo modelo de relaciones laborales: las directrices empresariales son impartidas a través de algoritmos, y permite a los usuarios, en cierto modo, valorar a los trabajadores. A su vez, estas valoraciones causan que los algoritmos adjudiquen a los trabajadores unas condiciones laborales u otras -a saber, turnos, número de repartos/servicios, etcétera-.

La “opacidad” con la que funcionaban los algoritmos fue abordada, tras reiterados pronunciamientos del Tribunal Supremo (entre otras, la STS 805/2020, de 25 de septiembre, RCUD nº 4746/2019), por el Real Decreto-Ley 9/2021, de 11 de mayo, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de las plataformas digitales -coloquialmente, Ley Rider-, por la que se impone a las empresas la obligación de facilitar a la representación legal de los trabajadores los criterios de funcionamiento de los algoritmos.

No obstante, y aunque no hay duda de que es un avance, la rápida evolución de las relaciones laborales algorítmicas causa que la regulación existente resulte manifiestamente insuficiente por el momento.

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