Incluye Sentencia
Una sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Pamplona ha considerado como accidente de trabajo la «ansiedad con depresión» sufrida por una trabajadora, por lo que ha condenado a la mutua a abonar el subsidio por su incapacidad temporal. El fallo declara que la demandante trabajaba como dependienta en una empresa de Estella desde el 5 de diciembre de 1979 y el 30 de julio de 2009 fue despedida alegando que había sustraído un billete de 50 euros.
El despido fue recurrido por la trabajadora, de 55 años,
quien, tras diversas iniciativas, solicitó finalmente que la baja médica
solicitada en la misma fecha de su despido y el posterior proceso de
incapacidad temporal debía considerarse derivado de un accidente de trabajo.
El tribunal, tras subrayar que para considerar el accidente de trabajo se precisa
una conexión entre la lesión sufrida y el trabajo que se ejecuta, ha
dictaminado como "cierto" que el proceso de incapacidad temporal
iniciado por la trabajadora tenía su origen en el "conflicto laboral"
desencadenado por la imputación de la sustracción de los 50 euros.
Y ello, además, porque los hechos, tratándose de una ciudad pequeña como
Estella, fueron conocidos por la mayoría de los vecinos. A esto se sumó que el despido finalmente se declaró
improcedente y la empresa optó por la readmisión de la mujer.