Sentencia del Tribunal Supremo, de 10 septiembre 2012 (RJ201211046). Culpa extracontractual, accidente de circulación, concurso de culpas, compensación de responsabilidades.
El TS unifica doctrina sobre la materia, decantándose por la teoría de las condenas cruzadas al no haberse acreditado la mayor incidencia causal de la conducta de uno de ellos.
-
Supuesto
Colisión entre dos vehículos por invasión de la calzada contraria, desconociéndose el lugar del impacto y del vehículo invasor. El TS sienta el criterio de resarcimiento íntegro de los daños ocasionados.
-
Doctrina
El TS realiza un análisis interpretativo de la imputación objetiva de ambos conductores con sus excepciones y el sistema operativo de la carga de la prueba. Debate los distintos criterios contrarios de las Audiencias Provinciales sobre la responsabilidad según la proporcionalidad del daño personal causado, y fundamenta la unificación doctrinal sobre la procedencia del resarcimiento proporcional cuando pueda acreditarse el concreto porcentaje o grado de incidencia causal de cada uno de los vehículos implicados, y el de resarcimiento de la totalidad de los daños causados al otro si no fuese así. En el caso de autos, al no probar cada parte la contribución causal del otro en la colisión, se establece la responsabilidad plena al 100% de cada uno de los conductores, por los daños sufridos por los ocupantes del otro vehículo implicado.