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22/07/2025. 13:08:47
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El arbitraje como refugio frente al atasco judicial: ¿puede la financiación de terceros acelerar su despegue en España?

General Counsel para Europa en Qanlex

El colapso de la justicia ordinaria en España no es una novedad. Las cifras son elocuentes: más de 3 millones de asuntos civiles y mercantiles están pendientes de resolución, según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). A esto se suma que, de media, resolver un procedimiento ordinario civil puede tardar entre 18 y 24 meses, a lo que hay que añadir apelaciones y recursos. La reciente Ley Orgánica que implementa el uso de los MASC, al menos en estos momentos, incide en el empeoramiento de los plazos.

Este atasco estructural genera una realidad frustrante para empresas y particulares. En este contexto, el arbitraje aparece como una vía alternativa para desjudicializar conflictos complejos, reducir tiempos y ganar previsibilidad. Sin embargo, y pese a sus ventajas evidentes, el uso del arbitraje en España sigue siendo limitado y poco frecuente fuera de grandes contratos mercantiles.

Una herramienta infrautilizada

España cuenta con una Ley de Arbitraje moderna (Ley 60/2003) y una red creciente de instituciones arbitrales —como la Corte de Madrid, la CIMA o la CAM— que gozan de reconocimiento internacional. Sin embargo, su volumen de casos sigue siendo modesto en comparación a otros países de nuestro entorno.

Por ejemplo, en 2024, la Corte de Arbitraje de Madrid gestionó 100 arbitrajes, incluyendo dos de emergencia, con un valor agregado en disputa de 642 millones de euros. Mientras que, la Corte Internacional de Arbitraje de la ICC registró 831 nuevos casos, consolidando su posición como una de las instituciones arbitrales más activas a nivel mundial.Somos conscientes de nuestra dispersión de centros, pero aún así el dato es significativo.

Las barreras al uso del arbitraje son conocidas: desconocimiento, percepción de alto coste, resistencia cultural y falta de formación jurídica especializada. En el caso de las pymes, muchas ni siquiera contemplan el arbitraje como una opción realista, y optan directamente por litigar, pese a la demora.

El TPF como palanca para cambiar el escenario

Aquí entra en juego la financiación de terceros (Third-Party Funding). Este modelo permite que un inversor externo asuma los costes del proceso —honorarios, gastos arbitrales, peritajes— a cambio de una parte del resultado favorable. En arbitraje, donde los costes iniciales suelen ser significativos, el TPF puede marcar la diferencia entre activar un litigio o archivarlo.

A nivel global, el TPF está en pleno crecimiento. A nivel global, el TPF está en pleno crecimiento. Según estimaciones recogidas en Legal Finance Analytics (2024), el mercado mundial de financiación de litigios podría superar los 24.000 millones de dólares en 2028, mientras que otras proyecciones elevan el valor actual del sector hasta los 40.000 millones y lo sitúan por encima de los 57.000 millones hacia 2035, dependiendo de si se considera el capital comprometido, los activos bajo gestión o el importe realmente invertido.

En países como Reino Unido, Alemania, Países Bajos y Francia, el TPF ya se ha consolidado como una herramienta habitual en disputas complejas, y en nuestro país ya hay ciertos sectores donde es más y más común su presencia (derecho de la competencia, arbitraje internacional, litigación masiva, etc.).

Para España, el TPF representa una oportunidad estratégica. Permite que empresas con liquidez limitada (o que simplemente no quieran apalancar sus recursos existentes) puedan acceder al arbitraje, y dota al proceso de una revisión previa de viabilidad jurídica y económica. Además, puede ayudar a que el arbitraje deje de percibirse como un mecanismo reservado a grandes corporaciones, extendiendo su uso como una mancha de aceite y profesionalizando su acceso.

¿Por qué el TPF encaja con el arbitraje?

Existen varias razones por las que el arbitraje y la financiación de terceros son complementarios:

  • Flexibilidad procesal: el arbitraje permite mayor adaptación a las condiciones del financiador.
  • Rapidez en la ejecución: los laudos arbitrales son, en general, más rápidos de ejecutar internacionalmente.
  • Escalabilidad: el TPF permite ampliar el número de casos presentados sin consumir capital interno.

A esto se suma un elemento clave: los arbitrajes financiados tienen más probabilidad de éxito, ya que los fondos solo apuestan por casos sólidos, con alto potencial de recuperación. En ese sentido, el TPF también filtra y eleva la calidad de los casos que llegan al sistema arbitral.

Reflexión final

Si España quiere acelerar el tránsito hacia una justicia más eficiente, predecible y accesible, no basta con reformar los juzgados: hay que apostar por modelos complementarios como el arbitraje. Pero para que este despegue de forma real, necesita apoyos estructurales, y uno de ellos es el TPF.

La financiación de terceros puede ayudar a superar la barrera de entrada económica, profesionalizar los procesos y abrir el arbitraje a más actores, especialmente en un país donde el acceso a la justicia todavía depende, en muchos casos, del bolsillo.

Además, aunque España aún carece de una regulación específica sobre el TPF —a diferencia de otras jurisdicciones europeas—, su uso no está prohibido ni obstaculizado, y el entorno arbitral permite aplicarlo con mayor flexibilidad.

El arbitraje no va a sustituir a los tribunales. Pero puede ser —con apoyo financiero, educativo e institucional— ese refugio ágil y eficaz que tantas empresas buscan cuando la justicia tarda demasiado.

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