
En sólo dos minutos hacemos nuestro repaso a las novedades jurídicas de los últimos días en Aranzadi LA LEY Exprés.
En el ámbito de la normativa esta semana no podemos destacar nada, ya que no ha habido novedades ni se ha publicado ninguna norma reseñable en el BOE. Solo nos hacemos eco de las declaraciones del ministro de Justica en el Senado, en las que ha insistido en la intención del Gobierno de seguir adelante con la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y normas «colaterales», como la del Estatuto de Ministerio Fiscal.
Entremos ya en el repaso a las resoluciones judiciales que más nos han llamado la atención:
En el Tribunal Supremo, la Sala de lo Penal ha determinado que la sustracción de vehículo vendido mediante una copia de las llaves retenida por el transmitente se considera robo y no hurto.
De la Sala Tercera destacamos dos sentencias:
- En el ámbito de extranjería, la que establece que en los procedimientos de asilo se aplican los requisitos establecidos en el procedimiento administrativo común para los documentos electrónicos.
- En materia fiscal, la que estima vulnerado el principio de presunción de inocencia exigir a los administradores mercantiles únicamente por razón de su cargo la responsabilidad subsidiaria del art. 43.1 a) Ley General Tributaria.
Y acabamos con otras dos sentencias de la Sala Cuarta:
- La primera del TS, que establece la competencia del juzgado del domicilio del teletrabajador, aunque el centro de trabajo al que está adscrito esté en otra ubicación.
- La segunda y última del repaso de hoy, que unifica doctrina confirmando el efecto interruptivo de la declaración de concurso en la prescripción de acciones laborales.