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El TS fija el salario completo y exención de guardias para las médicas del Sermas con periodo de lactancia

EUROPA PRESS

El Tribunal Supremo ha fijado en una sentencia que las médicas del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) con periodo concedido por lactancia materna tiene derecho a la exención de guardias de 24 horas durante los 12 primeros meses de vida del bebé y a seguir cobrando el complemento de atención continuada durante ese periodo, calculado con el promedio del año anterior al nacimiento.

En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo rechaza el recurso en casación presentado por la Consejería de Sanidad contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) previa sobre este conflicto laboral, a instancia del Sindicato Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (Amyts).

Entre otros argumentos, el sindicato médico alegó que las jornadas que superan las 8 horas diarias y generan factores de estrés o fatiga por su duración pueden disminuir la producción de leche materna, dificultar la extracción y aumentar el riesgo de mastitis, comprometiendo gravemente la lactancia.

Desde la Comunidad de Madrid, por su parte, se aludió a la infracción de los artículos 14, 15, 16 y 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que exigen evaluar los riesgos de cada caso concreto, por lo que no es correcto eximir a todas las lactantes de las guardias de 24 horas.

Evita una discriminación retributiva por razón de sexo

En su sentencia, el TS rechaza estos argumentos del Gobierno regional y fija para las profesionales de 18 hospitales madrileños el derecho a la exención de guardias de 24 horas durante los 12 primeros meses de vida del bebé y a seguir cobrando el complemento de atención continuada, una cantidad igual al promedio mensual de la retribución en concepto de guardias médicas percibidas en el año anterior al nacimiento del bebé, excluyendo los periodos en los que no haya prestado trabajo.

Todo ello «con la finalidad de evitar una discriminación retributiva por razón de sexo». «Las facultativas exentas de guardias médicas por razón de lactancia natural, inherente a su sexo femenino, no deben percibir una retribución inferior a las de los demás médicos del Sermas», se apunta en el texto de la sentencia.

Tras conocer la decisión judicial, Amyts ha lamentado que, «una vez más», tenga que ser la Justicia quien obligue a la Administración «a reconocer las justas reivindicaciones del colectivo médico y sus especiales condiciones laborales». En cualquier caso, se ha felicitado de un «triunfo judicial» que refuerza la protección de «la maternidad, la igualdad y la dignidad profesional».

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